Subvenciones para el desarrollo de proyectos audiovisuales.- Convocatorias 2016.

Código de ayuda:

S34164/15

Norma:

RESOLUCIÓN CLT/1554/2015, de 1 de julio. RESOLUCIÓN CLT/2383/2014, de 17 de octubre. RESOLUCIÓN CLT/266/2015, de 3 de febrero. RESOLUCIÓN CLT/412/2015, de 5 de marzo.RESOLUCIÓN CLT/1585/2016, de 22 de junio. RESOLUCIÓN CLT/2213/2016, de 22 de septiembre. RESOLUCIÓN CLT/1319/2018, de 18 de junio.

Plazo de Solicitud:

2º Convocatoria Del 18 de octubre al 9 de noviembre de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

1. Ayudas para el desarrollo de proyectos audiovisuales:

Abrir convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el
desarrollo de proyectos audiovisuales.

2. Ayudas para el desarrollo de paquetes de proyectos audiovisuales, en régimen de concurrencia competitiva, en las modalidades de aportaciones reintegrables y subvenciones:

Abrir convocatoria para la concesión de ayudas para el desarrollo de paquetes de proyectos audiovisuales,
en régimen de concurrencia competitiva, en las modalidades de aportaciones reintegrables y subvenciones.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Cultura (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. Ayudas para el desarrollo de proyectos audiovisuales:

La dotación máxima de las subvenciones previstas en esta convocatoria es de 550.000,00 euros, distribuida en las siguientes anualidades: un importe máximo de 495.000,00 euros con cargo a la partida 470.0001 del presupuesto del Instituto Catalán de las Empresas Culturales prorrogado para el año 2016, y un importe máximo de 55.000,00 euros con cargo al presupuesto del año 2017. La dotación máxima se podrá ampliar en función de las solicitudes recibidas y de la disponibilidad presupuestaria.

2. Ayudas para el desarrollo de paquetes de proyectos audiovisuales, en régimen de concurrencia competitiva, en las modalidades de aportaciones reintegrables y subvenciones:

La dotación máxima de las ayudas previstas en esta convocatoria es de 1.300.000,00 euros, de los que
300.000,00 euros se financian con cargo a la partida 470.0001, y 1.000.000,00 de euros con cargo a la
partida 830.0002 del presupuesto prorrogado del Instituto Catalán de las Empresas Culturales prorrogado para el año 2016.

La dotación máxima se podrá ampliar en función de las solicitudes recibidas y de la disponibilidad
presupuestaria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas de producción audiovisual independientes que estén inscritas en el Registro de empresas audiovisuales de Cataluña o en el Registro administrativo de empresas cinematográficas y audiovisuales gestionado por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA) o de un estado miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo y con establecimiento permanente en el Estado español.

Se entiende por empresa de producción audiovisual independiente aquella persona física o jurídica que cumple las siguientes condiciones: tiene una personalidad jurídica distinta de la de una empresa prestadora de servicios de comunicación audiovisual; no participa de forma directa o indirecta en más del 15% del capital social de una o varias empresas prestadoras de servicios de comunicación audiovisual; su capital social no tiene una participación directa o indirecta superior al 15% por parte de una o varias empresas prestadoras de servicios de comunicación audiovisual, y, en los últimos tres ejercicios fiscales, no ha facturado más del 90% de su volumen de facturación a una misma empresa prestadora de servicios de comunicación audiovisual.

A los efectos de estas bases, se entiende por empresa prestadora de servicios de comunicación audiovisual a la persona física o jurídica que asume la responsabilidad editorial del servicio de radio o de televisión, o de los contenidos audiovisuales de que se trate, y los transmite o los hace transmitir por un tercero.

No podrán ser destinatarias de las subvenciones previstas en estas bases las empresas productoras audiovisuales cuya participación en el proyecto sea financiera.

Documentos asociados

Boletín: 29/10/2014
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6738
Documento: Resolución CLT/2383/2014 Descargar Documento
Boletín: 23/02/2015
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6816
Documento: Resolución CLT/266/2015 Descargar Documento
Boletín: 12/03/2015
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6829
Documento: Resolucion CLT/412/2015 Descargar Documento
Boletín: 13/07/2015
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6911
Documento: Bases Específicas 2015 Descargar Documento
Boletín: 29/06/2016
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7151
Documento: Convocatoria 2016 Descargar Documento
Boletín: 05/10/2016
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7220
Documento: Convocatoria 2016: Modalidades de aportaciones reintegrables Descargar Documento
Boletín: 21/06/2018
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7647
Documento: Modificación Bases Específicas Descargar Documento