Subvenciones para el desarrollo de los Planes de Mejora y Extension de los Servicios Educativos en centros escolares del Distrito de Chamberi para el periodo comprendido del 15 de septiembre de 2010 al 23 de julio de 2011.
Código de ayuda:
S56164/10Norma:
Decreto de 21 de septiembre de 2010.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 22/10/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
Fomentar la autonomía de los centros y de sus asociaciones de padres y madres para el desarrollo de las actividades de carácter extraescolar y/o complementario a la educación de los alumnos de nuestro Distrito, apoyar las actividades y proyectos de los centros educativos encaminados a potenciar y mejorar los servicios educativos que le son propios en orden al desarrollo de acciones: deportivas, compensatorias, culturales, formativas, ecológicas, de celebración, así como otras complementarias a la educación.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Educación y Ciencia
Localización del organismo gestor

Convoca:
Junta Municipal de Distrito de Chamberí (Comunidad de Madrid)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Se establecen los siguientes importes máximos para cada uno de los tipos de centros relacionados a continuación:— Colegios: 11.000 euros.
— IES: 11.000 euros.
— Escuelas Infantiles: 4.000 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
AMPAS y los centros educativos, incluidos en el Convenio de Colaboración suscrito entre la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid, que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los proyectos subvencionables mediante estos planes locales, al amparo de la presente convocatoria, se referirán a aquellas actuaciones a desarrollar durante el período comprendido entre el 15 de septiembre de 2010 y el 23 de junio de 2011, por las entidades incluidas en el ámbito de la misma, y que hayan sido aprobados por el Anexo al Convenio de Colaboración para 2009, que prorroga automáticamente los centros para el curso 2010-2011.Requisitos:
Estar incluidos en el Convenio de Colaboración suscrito entre la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid para realizar planes de mejora y extensión de los servicios educativos en centros docentes de Educación Infantil, Primaria, Especial y Secundaria de este Distrito.No tener deudas en período ejecutivo de pago con el Ayuntamiento de Madrid, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas, requisito que se acreditará a petición de esta Junta de Distrito por el órgano competente del Ayuntamiento de Madrid. Si con posterioridad al otorgamiento de la subvención el beneficiario hubiera resultado deudor por resolución de procedencia de reintegro de subvenciones y no se hallara al corriente de sus obligaciones, deberá comunicarlo a la Administración.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 39 de las Bases de Ejecución del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid para 2010, el beneficiario deberá acreditar hallarse al corriente en sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y no ser deudor por resolución de procedencia de reintegro.
Documentos asociados
Boletín:
07/10/2010
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 240
Documento: Convocatoria 2010. Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 240
Documento: Convocatoria 2010. Descargar Documento