Subvenciones para el desarrollo de actividades y servicios en la ciudad de Gavà durante el año 2011.
Código de ayuda:
S64173/10Norma:
Gavà, 23 de novembre de 2010.Plazo de Solicitud:
Hasta el 15 de enero de 2011.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Definir el conjunto de condiciones y el procedimiento a seguir para la solicitud, tramitación, concesión, justificación y pago de las subvenciones que otorgue el Patronato Municipal de Servicios Comunitarios y el Patronato Municipal de Deportes del Ayuntamiento de Gavà, a las entidades que se detallan en el apartado 5 de las bases, el desarrollo de actividades de interés público local establecidas en las cláusulas específicas de cada programa.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Asociacionismo y Voluntariado
Corporaciones Locales
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ayuntamiento de Gavà (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
De manera general, no se subvencionará más del 50% del coste del proyecto o programa presentado. Quedará a cargo del peticionario la aportación del resto del coste, bien directamente o por cofinanciación de terceros (entes públicos o privados).Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
- Las entidades y asociaciones sin ánimo de lucro, para realizar actividades de carácter cultural, social, educativo, artístico, deportivo, cívico o análogo y que esté debidamente inscrita en el Registro Municipal de Entidades y Asociaciones de Gavà o que en el momento de formalizar la solicitud hayan solicitado su inscripción.- Los clubes deportivos locales sin ánimo de lucro que estén inscritos en el Registro Municipal de Entidades y que apuesten por la promoción deportiva.
- Los centros educativos públicos y concertados de educación primaria y secundaria y las guarderías públicas con sede en el municipio.
- Las Asociaciones de Madres y Padres de los centros educativos públicos y concertados de educación primaria y secundaria y de las guarderías públicas con sede en el municipio.
- Las entidades y / o servicios de competencia supralocal relacionadas con los ámbitos competenciales subvencionables.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las subvenciones deberán fomentar actividades de interés público o social en Gavà y que tengan por finalidad:- Mejorar la cohesión social de la ciudad.
- Promover el asociacionismo que trabaja potenciando servicios de interés general para la colectividad y atribuidos a la competencia local.
- Fomentar valores sociales y culturales y nuevas formas de participación.
- Favorecer la cooperación entre el sector público y el privado.
- Posibilitar el crecimiento cultural, deportivo y educativo cuantitativo y / o cualitativo de la ciudad.
- Promover un desarrollo más sostenible de la ciudad.
- Mejorar la convivencia y el civismo entre la ciudadanía.
Requisitos:
- Que las actividades se realicen en el término municipal de Gavà, o fuera de éste en el caso de que se considere de interés para la proyección exterior de la ciudad.- Que las actividades y / o servicios complementen o suplan la competencia municipal en estas materias, así pues, no serán subvencionables las actividades que formen parte del catálogo de actividades, programas y proyectos que desarrolla específicamente alguno de los Departamentos del Ayuntamiento de Gavà o de sus OOAA.
- Que las actividades sean siempre sin ánimo de lucro, o bien que si se obtienen beneficios, éstos sean revertidos a la propia actividad y declararlos como ingreso cuando se presente la memoria de la actividad.
En ningún caso el importe de los beneficios obtenidos más el de la subvención otorgada podrá ser superior al coste de la actividad.
Por otra parte, los requisitos exigibles a los / las beneficiarios / as, y que deben acreditarse debidamente, son los siguientes:
- Tener sede social o delegación en el término municipal de Gavà.
- Tener objetivos y finalidades coincidentes con los establecidos por las bases.
- Haber justificado debidamente las anteriores subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Gavà o sus OOAA. (Organismos autónomos) y encontrarse al corriente de las obligaciones por reintegro de subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento, en su caso.
- No encontrarse inhabilitado para contratar con las Administraciones Públicas o para obtener subvención de las mismas (anexo 6)
- Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento, la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Seguridad Social.
Documentos asociados
Boletín:
01/12/2010
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5767
Documento: Anuncio. Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5767
Documento: Anuncio. Descargar Documento
Boletín:
01/12/2010
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 00
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 00
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento