Subvenciones para el desarrollo de actividades y servicios en la ciudad de Gavà.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S01173/12

Norma:

Gavà, 30 de desembre de 2011. Gavà, 16 de desembre de 2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/01/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Definir el conjunto de condiciones y el procedimiento a seguir para la solicitud, tramitación, concesión, justificación y pago de las subvenciones que otorgue el Ayuntamiento de Gavà, el Patronato Municipal de Servicios Comunitarios y el Patronato Municipal de Deportes del Ayuntamiento de Gavà, a las entidades detalladas, el desarrollo de actividades de interés público local establecidas en las cláusulas específicas de cada programa.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Ayuntamiento de Gavà (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

- Las entidades y asociaciones sin ánimo de lucro, para realizar actividades de carácter cultural, social, educativo, artístico, deportivo, cívico o análogo y que esté debidamente inscrita en el Registro Municipal de Entidades y Asociaciones de Gavà o que en el momento de formalizar la solicitud hayan solicitado su inscripción.

- Los clubes deportivos locales sin ánimo de lucro que estén inscritos en el Registro Municipal de Entidades y que apuesten por la promoción deportiva.

- Los centros educativos públicos y concertados de educación primaria y secundaria y las guarderías públicas con sede en municipio.

- Las Asociaciones de Madres y Padres de los centros educativos públicos y concertados de educación primaria y secundaria y de las guarderías públicas con sede en el municipio.

- Las entidades y / o servicios de competencia supralocal relacionadas con los ámbitos competenciales subvencionables.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actividades de interés público o social en Gavà y que tengan por finalidad:

- Mejorar la cohesión social de la ciudad.

- Promover el asociacionismo que trabaja potenciando servicios de interés general para la colectividad y atribuidos a la competencia local.

- Fomentar valores sociales y culturales y nuevas formas de participación.

- Favorecer la cooperación entre el sector público y el privado.

- Posibilitar el crecimiento cultural, deportivo y educativo cuantitativo y / o cualitativo de la ciudad.

- Promover un desarrollo más sostenible de la ciudad.

- Mejorar la convivencia y el civismo entre la ciudadanía.

Requisitos:

Para obtener la condición de beneficiarios / as de las subvenciones a que se refieren estas bases, las entidades deberán cumplir las condiciones y los requisitos siguientes:

- Que las actividades se realicen en el término municipal de Gavà, o fuera de éste en caso de que se considere de interés para la proyección exterior de la ciudad.

- Que las actividades y / o servicios complementen o suplan la competencia municipal en estas materias, así pues, no serán subvencionables las actividades que formen parte del catálogo de actividades, programas y proyectos que desarrolla específicamente alguno de los Departamentos del Ayuntamiento de Gavà o de sus OOAA.

- Que las actividades sean siempre sin ánimo de lucro, o bien que si se obtienen beneficios, éstos sean revertidos a la propia actividad y declararlos como ingreso cuando se presente la memoria de la actividad.

En ningún caso el importe de los beneficios obtenidos más el de la subvención otorgada podrá ser superior al coste de la actividad.

Por otra parte, los requisitos exigibles a los / las beneficiarios / as, y que se deben acreditar debidamente, son los siguientes:

- Tener sede social o delegación en el término municipal de Gavà.

- Tener objetivos y finalidades coincidentes con los establecidos por las bases.

- Haber justificado correctamente las anteriores subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Gavà o sus OOAA. (organismos autónomos) y encontrarse al corriente de las obligaciones por reintegro de subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento, si procede.

- No encontrarse inhabilitado para contratar con las Administraciones Públicas o para obtener subvención de las mismas (anexo 7).

- Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento, la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Seguridad Social.

Documentos asociados

Boletín: 30/12/2011
BO Provincia de Barcelona- Nº
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 09/01/2012
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6040
Documento: Convocatoria 2012. Descargar Documento