Subvenciones para el desarrollo de actividades formativas en materia de prevencion de riesgos laborales, en el ambito territorial de Castilla-La Mancha.

Código de ayuda:

S12137/09

Norma:

Orden de 12/02/2009.

Plazo de Solicitud:

Estará abierto de forma premanente durante la vigencia de las bases reguladoras de la presente Orden.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar subvenciones para la realización de acciones formativas en materia de prevención de riesgos laborales, que se desarrollen en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

Categorías Subvención

  • Prevención Riesgos Laborales

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Trabajo y Empleo (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La subvención consistirá en el abono de una cantidad económica, de acuerdo con las siguientes modalidades e importes:

a) 80 euros por hora lectiva, para las acciones formativas que adopten la modalidad de planes agrupados de empresas, planes de empresas o cursos de formación específica de puesto de trabajo u oficio. Al referido importe se apliarán los ínidices correctores siguientes;
- 1,20 en acciones formativas en las que participen de 7 a 11 alumnos.
- 1,40 en acciones en las que el número de alumnos sea de 12 o superior.

b) 105 euros por alumno, en los supuestos de formación a la incorporación del trabajador a la empresa.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Empresas, personas físicas y jurídicas, agrupaciones de empresas, Comunides de Bienes, Sociedades Civiles y Servicios de Prevención que lleven a cabo las acciones formativas.

Requisitos:

a) Que tengan domicilio social y fiscal o, en su defecto, centro de trabajo en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

b) Que cuenten con un Plan de Prevención de Riesgos Laborales.

c) Que no estén incursas en cualquiera de las causas previstas en el art. 13, apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

d) Que no hayan sido sancionadas, en virtud de resolución o sentencia judicial firmes, por infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales, en el año inmediatamente anterior a la presentación de la solicitud de subvención.

e) Que no concurran los supuestos de incompatibilidad prescritos en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y Consejo consultivo.

Documentos asociados

Boletín: 20/02/2009
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 36
Documento: Bases y Anexos Descargar Documento