Subvenciones para el desarrollo de actividades de promocion, fomento y difusion de la economia social en la Comunidad Autonoma de Aragon y para sufragar los gastos de funcionamiento de las entidades asociativas de cooperativas de trabajo asociado, de sociedades laborales y de empresas de insercion.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S25637/13

Norma:

DECRETO 109/2013, de 25 de junio. ORDEN de 22 de agosto de 2013. ORDEN de 31 de julio de 2014. ORDEN de 29 de abril de 2015.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 08/06/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el ejercicio 2015 las subvenciones reguladas en el Decreto 109/2013, de 25 de junio, del Gobierno de Aragón por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el desarrollo de actividades de promoción, fomento y difusión de la economía social en la Comunidad Autónoma de Aragón y para sufragar los gastos de funcionamiento de las entidades asociativas de cooperativas de trabajo asociado, de sociedades laborales y de empresas de inserción.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación empresarial

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Economía y Empleo (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. El importe de las subvenciones para las actividades de promoción, fomento y difusión de la economía social previstas artículo 4.1 se calculará en función de las actividades desarrolladas conforme a los siguientes módulos:

a) Con respecto a las actividades de apoyo y asesoramiento a emprendedores y promotores de la economía social previstas en el artículo 4.1.a) se establece una subvención máxima de 30.000 euros.

Se incluirán aquí las actuaciones dirigidas a proporcionar el apoyo técnico necesario para la puesta en marcha de proyectos emprendedores e iniciativas empresariales. Las acciones de asesoramiento comprenderán diferentes fases que abarcarán desde la identificación de la idea empresarial hasta la constitución del proyecto, pasando por el diagnóstico a través del plan de viabilidad. La financiación de esta acción se vinculará a la consecución de resultados cuantificables en términos de proyectos emprendedores e iniciativas empresariales constituidos tras el oportuno asesoramiento. El Instituto Aragonés de Empleo subvencionará hasta 1.500 euros por proyecto empresarial constituido que inicie su actividad tras el correspondiente proceso de asesoramiento y
apoyo técnico. El contenido de la acción de asesoramiento consistirá en:

- Elaboración de un plan de viabilidad.

- Apoyo técnico en la constitución y puesta en marcha del proyecto emprendedor o iniciativa empresarial.

b) Con respecto a las actividades previstas en las letras b), c), d) y e) del artículo 4.1, el importe máximo de la subvención a conceder en su conjunto será de 20.000 euros.

Este importe, por si solo o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas, no podrá suponer más del 80% del coste total de la acción.

2. El importe de las subvenciones para financiar parcialmente los gastos generales y de funcionamiento de las entidades asociativas a las que se refiere el artículo 4.2 será de hasta 50.000 euros y se calculará en función de los gastos elegibles enumerados en dicho apartado.

Este importe, por sí solo o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas, no podrá suponer más del 80% del coste total de los gastos generales y de funcionamiento.

Los gastos del personal de la entidad a los que se refiere la letra a) del artículo 4.2 se subvencionarán como máximo por cada trabajador contratado en una cantidad equivalente a multiplicar por 3,5 el valor del IPREM -Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples- del año de la convocatoria, considerando 14 pagas.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias

Detalle beneficiarios:

a) Las uniones, federaciones y confederaciones de cooperativas de trabajo asociado, constituidas de conformidad con la legislación de cooperativas de Aragón e inscritas como tales en el Registro de Cooperativas de Aragón.

b) Las entidades asociativas de sociedades laborales a que se refiere la disposición adicional segunda de la Ley 4/1997, de 24 de marzo, de Sociedades Laborales.

c) Las asociaciones empresariales de empresas de inserción que representen al menos al 50% de las calificadas e inscritas en el Registro de empresas de inserción de la Comunidad Autónoma de Aragón regulado por Decreto 128/2009, de 21 de julio, del Gobierno de Aragón.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Podrán ser objeto de subvención parcial los gastos derivados de la realización de actividades de promoción, fomento y difusión de la economía social en la Comunidad Autónoma de Aragón. En este apartado podrán subvencionarse las siguientes actividades:

a) Apoyo y asesoramiento a emprendedores y promotores de la economía social.

b) Programas de fomento de la cultura emprendedora en el ámbito de la economía social.

c) Elaboración de estudios y trabajos de investigación relacionados con la economía social.

d) Campañas de comunicación y divulgación orientadas a la promoción del empleo en el ámbito de la economía social a través de cualquier medio de comunicación, incluidas las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones.

e) Organización de congresos, seminarios y jornadas que contribuyan a la promoción, fomento y difusión de la economía social.

2. También serán subvencionables parcialmente los gastos generales y de funcionamiento de las entidades asociativas previstas en el apartado anterior que sean necesarios para la consecución de los fines que les son propios. Tendrán la consideración de gastos generales y de funcionamiento los siguientes:

a) Gastos del personal de la entidad, excepto indemnizaciones por despido y jubilaciones anticipadas. No serán computables los gastos de locomoción, manutención y estancia.

b) Arrendamientos, reparaciones y conservación de aquellos inmuebles o locales que sirviesen de sede a la entidad subvencionada.

c) Suministros y comunicaciones.

d) Material de oficina e imprenta.

e) Cuotas de suscripción a publicaciones o de pertenencia a otras asociaciones nacionales o internacionales.

Requisitos:

Las entidades beneficiarias deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener carácter intersectorial. Se entiende por entidad asociativa de carácter intersectorial aquella que cuente con miembros en, al menos, dos sectores económicos, de entre los de agricultura, industria, construcción y servicios.

b) Tener personalidad jurídica y estar legalmente constituidas e inscritas en el registro público correspondiente, cuando este requisito fuera exigible conforme a la normativa aplicable.

c) Tener ámbito autonómico y domicilio en la Comunidad Autónoma de Aragón.

d) Disponer de la estructura y de la capacidad técnica y de gestión suficientes para realizar la actividad que constituye el objeto de la subvención, así como realizar la actividad subvencionable.

e) Estar asociadas, federadas o confederadas dentro de entidades representativas de ámbito estatal para la defensa de los intereses del correspondiente sector, así como de las empresas asociadas a las mismas.

f) Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

g) La entidad solicitante deberá cumplir los requisitos exigidos en la legislación medioambiental en relación con el tratamiento de residuos, conforme a lo previsto en la disposición adicional segunda de la Ley 13/2014, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2015.

h) No haber sido sancionadas por la autoridad laboral competente, mediante resolución administrativa firme, con las sanciones accesorias de exclusión del acceso de ayudas y beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo, en virtud de lo establecido en la disposición adicional segunda de la Ley 13/2014, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el
ejercicio 2015.

Documentos asociados

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