Subvenciones para el desarrollo de Programas de Normalizacion Social para la poblacion inmigrante y/o la poblacion gitana en la Comunidad Autonoma de Extremadura, para el ejercicio 2017.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S42964/14

Norma:

DECRETO 182/2014, de 26 de agosto. ORDEN de 5 de marzo de 2015. ORDEN de 25 de noviembre de 2015. Orden de 14 de diciembre de 2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 10 de enero de 2017.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar la convocatoria pública correspondiente al ejercicio 2017, de subvenciones destinadas por la Junta de Extremadura a financiar, total o parcialmente, programas de normalización social para la población inmigrante y/o población gitana que desarrollen las entidades privadas sin fin de lucro en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Empleo, Mujer y Políticas Sociales (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

En todo caso, la cuantía máxima individualizada a conceder será de 25.000 €, cuantía máxima que deberá tenerse en cuenta por las entidades en la solicitud de la subvención.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades privadas sin ánimo de lucro de carácter social con personalidad jurídica propia, cuya figura jurídica sea fundación, asociación o federación, en las que concurran los requisitos previstos en esta convocatoria, que deberán mantenerse al menos hasta la finalización de la ejecución de la subvención concedida.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los programas de normalización social para la población inmigrante y/o la población gitana se configuran como un conjunto de actuaciones dirigidas a favorecer la inclusión social de la población inmigrante y/o de la población gitana residente en Extremadura como instrumento de lucha contra la exclusión social de estos grupos de población.

Requisitos:

a) Estar inscrita en el Registro Público Nacional o Autonómico de Fundaciones o de Asociaciones.

b) Estar inscrita en el Registro Unificado de Entidades y Centros de Servicios Sociales de Extremadura adscrito a la Consejería de Empleo, Mujer y Políticas Sociales.

c) Tener sede social o delegación en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

d) Tener contemplado en los estatutos como objetivos o fines el desarrollo de actuaciones, la promoción, atención, inclusión y/o integración social de la población inmigrante y/o gitana.

e) Cumplir lo establecido en sus estatutos respecto a las reglas y procedimientos para la elección y sustitución de los miembros de los órganos de gobierno y representación de la entidad, y la celebración de sus sesiones.

f) No estar incurso en alguna de las prohibiciones establecidas para obtener la condición de beneficiarios en el artículo 12.2 y 3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Documentos asociados

Boletín: 29/08/2014
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 167
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 23/03/2015
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 56
Documento: Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 21/12/2015
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 243
Documento: Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 27/12/2016
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 246
Documento: Convocatoria 2017 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 27/12/2016
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 246
Documento: Convocatoria 2017 (Extracto) Descargar Documento