Subvenciones para el apoyo a la participacion en el sistema arbitral de consumo para el ejercicio 2010

Código de ayuda:

S02482/10

Norma:

ORDEN de 23 de diciembre de 2009.

Plazo de Solicitud:

Actividades del 1/1/ al 30/9 presentación del 1 al 8/10/2010. Actividades del 1/10 al 17/12, presentación del 13 al 20/12/2010.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases para la concesión directa de ayudas para apoyar la participación en el sistema
arbitral de consumo, en función del grado de intensidad de la misma.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Consumo

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consejeria de Industria, Comercio e Innovación (Comunidad Valenciana)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

– Las asociaciones y federaciones de consumidores y usuarios que se encuentren inscritas en el Registro Público de Asociaciones de Consumidores y Usuarios de la Comunitat Valenciana y que estén al corriente de las obligaciones derivadas de dicha inscripción.

– Las asociaciones de empresarios o profesionales legalmente constituidas que actúen en la Comunitat Valenciana.

– Las Corporaciones de Derecho Público.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Intervención en audiencias arbitrales.

– La intervención en cada audiencia será subvencionada con 30 euros, en caso de que el arbitraje se desarrolle con arreglo a equidad y en alguna de las localidades donde tienen su sede las juntas arbitrales
de la Comunitat Valenciana. En caso de que el arbitraje de equidad se haya desarrollado en localidad distinta a estas últimas, cada audiencia será subvencionada con 40 euros.

– La intervención en cada audiencia será subvencionada con 50 euros, en caso de que el arbitraje se desarrolle con arreglo a Derecho.

b) La derivación de reclamaciones por parte de las asociaciones y federaciones de consumidores y usuarios a las juntas arbitrales de consumo con sede en la Comunitat Valenciana, en las que la empresa
reclamada se encuentra adherida, con carácter general o particular, al arbitraje de consumo.

– Se subvencionará con 5 euros por cada 10 reclamaciones derivadas.

c) Obtención por parte de las asociaciones empresariales o profesionales de nuevas adhesiones de sus miembros al sistema arbitral de consumo a través de las juntas arbitrales de consumo con sede en la
Comunitat Valenciana.

– Se subvencionará con 5 euros por cada 10 nuevas adhesiones.

d) La asistencia a reuniones de grupos de trabajo, comisiones de coordinación o foros de debate especializado, que en su caso sean necesarias para el adecuado funcionamiento del sistema arbitral que
se convoquen por los Presidentes de las juntas arbitrales con sede en la Comunitat Valenciana.

– La asistencia se subvencionará con 20 euros por reunión por asociación participante.

Documentos asociados

Boletín: 15/01/2010
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6185
Documento: Bases, Convocatoria 2010 Descargar Documento