Subvenciones para el apoyo a la financiacion de las empresas, en regimen de concesion directa.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S00491/15

Norma:

Resolución de 31 de diciembre de 2014. Orden nº 16/2014, de 26 de diciembre. Resolución de 23 de febrero de 2015. Orden nº 9/2015, de 8 de mayo. Resolución de 9 de marzo de 2016. Resolución de 10 de marzo de 2017.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 30 de noviembre de 2017. Gastos realizados desde 1 de enero de 2017 hasta publicación: Hasta el 28 de abril de 2017

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar la primera convocatoria 2017 de las subvenciones para el apoyo a la financiación de las empresas en régimen de concesión directa.

Categorías Subvención

  • Financiación Preferente / Préstamos
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Consejería de Industria Innovación y Empleo (La Rioja)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas industriales, extractivas, transformadoras y de servicios, así como el comercio mayorista y minorista. No serán subvencionables las actividades económicas incluidas en la CNAE-2009 (Real Decreto 475/2007, de 13 de abril) siguientes: Sección D (Suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado), F 41.1 (Promoción inmobiliaria), F 41.2 (Construcción de edificios), Sección K (Actividades financieras y de seguros) y Sección L (Actividades inmobiliarias).


¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Programa 1 para Inversión en activos fijos:

a) Adquisición por compraventa de terrenos calificados como suelo industrial por el Plan General Municipal o las normas subsidiarias de planeamiento del municipio, siempre que la solicitud incluya un proyecto de inversión en dicho terreno.

La superficie máxima subvencionable de la parcela adquirida será la resultante de dividir la superficie construida o a construir en planta baja por 0,40, de tal manera que la superficie construida en planta baja sea de al menos el 40% de la superficie de terreno subvencionable.
b) Adquisición de naves o locales.

c) La construcción, modernización o mejora de bienes inmuebles, incluso en aquellos casos en los que el local sea propiedad de terceros siempre que se acredite que el contrato de alquiler o cesión de uso se extiende por un período mínimo de cinco años a partir de la fecha de presentación de la solicitud.

d) Las inversiones destinadas a la reordenación de las plantas productivas.

e) Traídas y acometidas de servicios.

f) Adquisición de maquinaria y bienes de equipo nuevos.

g) La adquisición de moldes, matrices y troqueles nuevos, exclusivamente cuando el beneficiario sea una empresa de nueva creación, entendiendo como tal la constituida a partir de 1 de enero de 2014 o la implantada en La Rioja a partir de la entrada en vigor de la presente convocatoria.

h) Adquisición de equipos informáticos y telemáticos nuevos de uso exclusivo en el establecimiento beneficiario de la ayuda, incluidos los programas informáticos. En ningún caso será subvencionable la adquisición de equipos informáticos y telemáticos cuando el objeto social o actividad propios de la empresa sea el comercio al por mayor o al por menor de dichos bienes.

i) Mobiliario nuevo, únicamente para aquellos beneficiarios cuya actividad sea comercio al por mayor o de servicios. En ningún caso será subvencionable la adquisición de mobiliario cuando el objeto social o actividad propios de la empresa sea el comercio al por mayor o al por menor de dichos bienes.

j) Honorarios de proyecto y dirección de obra.

k) Los elementos de transporte exterior nuevos, excepto para aquellos beneficiarios cuya actividad sea la de transporte y siempre y cuando el vehículo adquirido se encuadre dentro de alguna de las siguientes categorías:

- Vehículos de transporte de categoría N, vehículos de motor destinados al transporte de mercancías que tengan por lo menos cuatro ruedas.

- Vehículos asimilables a la categoría M1, según clasificación por criterios de construcción (según Directiva 70/156/CEE y 92/61/CEE o en el Real Decreto 2140/85):

30 Derivado de turismo (Vehículo automóvil destinado a servicios o a transporte exclusivo de mercancías, derivado de un turismo del cual conserva la carrocería y dispone únicamente de una fila de asientos).

31 Vehículo mixto adaptable (Automóvil especialmente dispuesto para el transporte, simultáneo o no, de mercancías y personas hasta un máximo de 9 incluido el conductor, y en el que se puede sustituir eventualmente la carga, parcial o totalmente, por personas mediante la adición de asientos).

Programa 2 para Apoyo a circulante:

Los proyectos de apoyo a circulante promovidos por empresas que cuenten con establecimiento operativo en la Comunidad Autónoma de La Rioja, ejerzan la actividad económica para la que se solicita la ayuda, y suscriban préstamos con las entidades financieras con las que la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja haya suscrito el correspondiente convenio.



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