Subvenciones para el apoyo a la continuidad del programa aracoop.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S50655/14

Norma:

ORDEN EMO/325/2014, de 30 de octubre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 20/11/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Abrir la convocatoria y aprobar las bases reguladoras para el otorgamiento de las siguientes líneas de subvenciones para el apoyo a la continuidad del programa aracoop.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Educación y Ciencia
  • Formación

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Empresa y Empleo (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe total de la subvención para la Línea 1 es de 340.000,00 euros, y cubrirá el 100% del coste total de los proyectos, con el siguiente desglose de importes máximos por proyecto:

Proyecto a), 44.000,00 euros.

Proyecto b), 53.000,00 euros.

Proyecto c), 162.000,00 euros.

Proyecto d), 60.000,00 euros.

Proyecto e), 21.000,00 euros.

El importe total de la subvención para la Línea 2 es de 356.975,00euros, y cubrirá el 100% del coste total de los proyectos, con el siguiente desglose de importes máximos por proyecto:

Proyecto f), 30.000,00 euros.

Proyecto g), 50.000,00 euros.

Proyecto h), 25.000,00 euros.

Proyecto i), 27.600,00 euros.

Proyecto j); 15.000,00 euros.

Proyecto k), 12.875,00 euros.

Proyecto l), 90.000,00 euros.

Proyecto m),70.500,00 euros.

Proyecto n), 15.000,00 euros.

Proyecto o), 21.000,00 euros.

El importe total de la subvención para la Línea 3 es de 192.875,00 euros, y cubrirá el 100% del coste total de los proyectos, con el siguiente desglose de importes máximos por proyecto:
Proyecto p), 60.000,00 euros.

Proyecto q), 60.000,00 euros.

Proyecto r), 40.000,00 euros.

Proyecto s), 32.875,00 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

A) Pueden acceder a las subvenciones de la Línea 1, de Asesoramiento en economía social y cooperativa:

Para el proyecto a), empresas de asesoramiento y consultoría con experiencia en asesoramiento a empresas de economía social y cooperativa en los dos años inmediatamente anteriores a la presente Orden.

Para el proyecto b), empresas de asesoramiento y consultoría con experiencia en asesoramiento a empresas de economía social y cooperativa en los dos años inmediatamente anteriores a la presente Orden.

Para el proyecto c), empresas de consultoría con experiencia en planes de crecimiento e internacionalización de empresas de economía social y cooperativa en los dos años inmediatamente anteriores a la presente Orden.

Para el proyecto d), empresas y federaciones de cooperativas con experiencia en planes de crecimiento e internacionalización de empresas de economía social y cooperativa agrarias en los dos años inmediatamente anteriores a la presente Orden.

Para el proyecto e), empresas con experiencia en asesoramiento para la elaboración de memorias de sostenibilidad (RSE) para empresas en los dos años inmediatamente anteriores a la presente Orden.

B) Pueden acceder a las subvenciones de la Línea 2, de Aprendizaje, formación y mejora de las competencias profesionales de la economía social y cooperativa:

Para el proyecto f), empresas con experiencia en desarrollo de proyectos pedagógicos y en trabajo docente en economía social y cooperativa en los últimos dos años inmediatamente anteriores a la presente Orden.

Para el proyecto g), empresas con experiencia en desarrollo de proyectos pedagógicos y en trabajo docente en centros educativos sobre economía social y cooperativa en los últimos dos años inmediatamente anteriores a la presente Orden.

Para el proyecto h), empresas con experiencia en desarrollo de proyectos pedagógicos y en trabajo docente sobre economía social y cooperativa en los últimos dos años inmediatamente anteriores a la presente Orden.

Para el proyecto i), empresas de asesoramiento, consultoría o formación en los ámbitos jurídicos y fiscales con experiencia en asesoramiento a empresas de economía social y cooperativa en los últimos dos años inmediatamente anteriores a la presente Orden.

Para el proyecto j), cooperativas y sociedades laborales con experiencia en desarrollo de proyectos de prácticas de estudiantes en empresas de economía social y cooperativa en los dos años inmediatamente anteriores a la presente Orden.

Para el proyecto k), universidades y escuelas de negocio o entidades dependientes.

Para el proyecto l), universidades y escuelas de negocio o entidades dependientes, con experiencia en formación directiva a directivos y/o responsables de empresas de economía social y cooperativa en los dos años inmediatamente anteriores a la presente Orden.

Proyecto m), entidades representativas de federaciones de cooperativas de Cataluña.

Para el proyecto n), empresas con experiencia en la realización de talleres virtuales y en el ámbito objeto del proyecto.

Para el proyecto o), empresas con experiencia en el ámbito objeto del proyecto.

C) Pueden acceder a las subvenciones de la Línea 3, de Difusión de la economía social y cooperativa:

Para el proyecto p), empresas con experiencia en el ámbito objeto del proyecto.

Para el proyecto q), empresas con experiencia en el ámbito objeto del proyecto.

Para el proyecto r), empresas con experiencia en el ámbito objeto del proyecto.

Para el proyecto s), universidades, escuelas de negocio o entidades dependientes o empresas de economía social y cooperativa con experiencia en el ámbito objeto del proyecto.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Para la Línea 1, de Asesoramiento en economía social y cooperativa

Proyecto a), Acompañamiento y apoyo la viabilidad: empresas de asesoramiento y consultoría con experiencia en asesoramiento a empresas de economía social y cooperativa en los dos años inmediatamente anteriores a la presente Orden.

Proyecto b), Acompañamiento experto y financiación para mejorar y fortalecer la viabilidad: empresas de asesoramiento y consultoría con experiencia en asesoramiento a empresas de economía social y cooperativa en los dos años inmediatamente anteriores a la presente Orden.

Proyecto c), Acompañamiento experto para el plan de crecimiento y/o la internacionalización: empresas de consultoría con experiencia en planes de crecimiento e internacionalización de empresas de economía social y cooperativa en los dos años inmediatamente anteriores a la presente Orden.

Proyecto d), Acompañamiento experto para el plan de crecimiento y/o la internacionalización en el mundo agrario: empresas y federaciones de cooperativas con experiencia en planes de crecimiento e internacionalización de empresas de economía social y cooperativas agrarias en los dos años inmediatamente anteriores a la presente Orden.

Proyecto e), Acompañamiento para la publicación de memorias de sostenibilidad y responsabilidad Social de las Empresas (RSE) mediante aplicativos a medida: empresas con experiencia en asesoramiento para la elaboración de memorias de sostenibilidad (RSE) para empresas en los dos años inmediatamente anteriores a la presente Orden.

Para la Línea 2, de Aprendizaje, formación y mejora de las competencias profesionales de la economía social y cooperativa.

Proyecto f), Conocer y aprender con empresas cooperativas: empresas con experiencia en desarrollo de proyectos pedagógicos y en trabajo docente en economía social y cooperativa en los últimos dos años inmediatamente anteriores a la presente Orden.

Proyecto g), Talleres para aprender el modelo de empresa cooperativa en la escuela: empresas con experiencia en desarrollo de proyectos pedagógicos y en trabajo docente en centros educativos sobre economía social y cooperativa en los últimos dos años inmediatamente anteriores a la presente Orden.

Proyecto h), Creación de cooperativas de alumnos: empresas con experiencia en desarrollo de proyectos pedagógicos y en trabajo docente sobre economía social y cooperativa en los últimos dos años inmediatamente anteriores a la presente Orden.

Proyecto i), Formación en los ámbitos jurídico y fiscal, y talleres para promover la organización de la actividad de empresas de economía social y cooperativa: empresas de asesoramiento, consultoría o formación en los ámbitos jurídico y fiscal con experiencia en asesoramiento a empresas de economía social y cooperativa en los últimos dos años inmediatamente anteriores a la presente Orden.

Proyecto j), Prácticas de estudiantes en empresas de economía social y cooperativa: Cooperativas y sociedades laborales con experiencia en desarrollo de proyectos de prácticas de estudiantes en empresas de economía social y cooperativa en los dos años inmediatamente anteriores a la presente Orden.

Proyecto k), Creación de un MOOC (Massive Open Online Courses) cooperativo: universidades y escuelas de negocio o entidades dependientes.

Proyecto l), Seminarios de mejora de competencias profesionales: universidades y escuelas de negocio o entidades dependientes, con experiencia en formación directiva a directivos y/o responsables de empresas de economía social y cooperativa en los dos años inmediatamente anteriores a la presente Orden.

Proyecto m), Talleres de gobernanza cooperativa, de estructuras y sistemas de financiación de proyectos de la economía social y cooperativa, y/o otros ámbitos de mejora de la participación y gestión cooperativa, y talleres en esos mismos ámbitos en el cooperativismo agrario:

Entidades representativas de federaciones de cooperativas de Cataluña.

Proyecto n), Talleres virtuales sobre crear y poner en marcha una cooperativa de trabajo, crear y poner en marcha una cooperativa de servicios, y crear y poner en marcha una cooperativa de consumidores y usuarios: empresas con experiencia en la realización de talleres virtuales y en el ámbito objeto del proyecto.

Proyecto o), Cocreatividad, cocrear para colaborar, innovar y producir: empresas con experiencia en el ámbito objeto del proyecto.

Para la Línea 3, de Difusión de la economía social y cooperativa.

Proyecto p), Creación de los interactivos gobernanza cooperativa y competencias clave para gestionar cooperativas: empresas con experiencia en el ámbito objeto del proyecto.

Proyecto q), Elaboración de materiales de divulgación: empresas con experiencia en el ámbito objeto del proyecto.

Proyecto r), Debates y actos: empresas con experiencia en el ámbito objeto del proyecto.

Proyecto s), Jornada interuniversitaria internacional: universidades, escuelas de negocio o entidades dependientes, o empresas de economía social y cooperativa con experiencia en el ámbito objeto del proyecto.

Requisitos:

a) Dar empleo, al menos, a un 2% de trabajadores/as con discapacidad sobre el número total de
trabajadores/as de la entidad, o bien aplicar las medidas alternativas de acuerdo con lo que disponen el artículo 42 del Real decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social; el Real decreto 364/2005, de 8 de abril, y el Decreto 322/2011, de 19 de abril. Este requisito sólo es aplicable en el caso de empresas con una plantilla igual o superior a cincuenta personas.

b) Cumplir las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalidad y las obligaciones ante la Seguridad Social. Este cumplimiento se tendrá que mantener a lo largo de todo el procedimiento: en el momento de presentación de la solicitud, previamente a la resolución de otorgamiento, y antes de recibir cualquier pago.

c) No encontrarse en ninguna de las circunstancias que impiden adquirir la condición de beneficiario previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, general de subvenciones (BOE núm. 276, de 18.11.2003).

d) Indicar, de acuerdo con los agentes sociales, los medios que utilizan para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo y de intervenir en sus centros de trabajo. Este requisito sólo es aplicable en el supuesto de empresas con una plantilla igual o superior a veinticinco personas.

e) Cumplir los requisitos establecidos en los artículos 32.1, 32.3 y 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística (DOGC núm. 2553, de 7.1.1998).

f) No haber sido sancionadas, en resolución firme, por la comisión de infracción grave en materia de integración laboral de discapacitados o muy grave en materia de relaciones laborales o en materia de seguridad y salud en el trabajo, durante el año anterior a la convocatoria, de conformidad con el Texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones del orden social, aprobado por Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

g) Cumplir las obligaciones y no incurrir en los supuestos de prohibición establecidos en los artículos 90.bis y 92.bis del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña (DOGC núm. 3791a, de 31.12.2002).

h) Acreditar que disponen de un sistema de organización y de gestión de la prevención, de acuerdo con la Ley 31/1995, de prevención de riesgos laborales; con el Real decreto 39/1997, de 1 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los servicios de prevención; así como de acuerdo con las modificaciones posteriores introducidas por la Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales.

i) Cumplir la obligación de respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre hombres y mujeres.

En el caso de las empresas de más de 250 trabajadores/as, se tendrá que elaborar y aplicar con carácter obligatorio un plan de igualdad, de acuerdo con lo que establece el artículo 45 de la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre hombres y mujeres (BOE núm. 71, de 23.3.2007).

j) Las empresas y entidades beneficiarias de la presente convocatoria deberán tener sede social o centro de trabajo en Cataluña.

k) Cumplir con cualquier otra obligación legal o reglamentaria que pueda afectarlas.

Documentos asociados

Boletín: 11/11/2014
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6747
Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento