Subvenciones para el apoyo a la consolidación de las entidades de la economía social de Galicia Bono consolida economía social.

Código de ayuda:

S02482/26

Norma:

ORDEN de 23 de diciembre de 2025.

Plazo de Solicitud:

Hasta las 20:00 horas del 11 de marzo de 2026.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 30.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Este programa tiene como finalidad apoyar la consolidación de las entidades de la economía social, así como reforzar su presencia en el tejido económico de Galicia, con especial incidencia en la transformación digital y en la mejora de la eficiencia energética, contribuyendo al impulso de su actividad económica, incrementando su competitividad y, en definitiva, manteniendo empleos de calidad.

Categorías Subvención

  • Empleo

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Empleo, Comercio y Emigración (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El límite máximo de las ayudas se establece en 30.000€ por cada entidad solicitante.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias

Detalle beneficiarios:

Sociedades cooperativas, sociedades laborales, empresas de inserción y centros especiales de empleo.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Equipamiento informático.

2. Adquisición y desarrollo de software y páginas web.

3. Marketing, comunicación o relanzamiento comercial.

4. Mejora en la eficiencia energética.

5. Adquisición de equipamiento.

6. Reforma del centro de trabajo.

7. Mobiliario.

8. Obtención de certificaciones de calidad.

9. Creación y desarrollo de la imagen corporativa de la entidad.

10. Plan de protección de datos.

11. Elementos de transporte.

12. Actividades formativas para las personas socias de la entidad solicitante que estén dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

Requisitos:

a) Figuras inscritas como tales en sus correspondientes registros administrativos de la Comunidad Autónoma de Galicia.

b) Tener presentadas las cuentas anuales del último año, en el Registro Mercantil, en el Registro de Cooperativas o en el Registro de Fundaciones, según corresponda a su forma jurídica.

c) En el caso de centros especiales de empleo que tengan forma jurídica de asociación, deberán tener aprobado el balance y cuenta de resultados por su Asamblea General.

d) Acreditar una antigüedad de 42 meses.

e) Tener la capacidad administrativa, financiera y operativa para cumplir las condiciones de la ayuda.

f) Estar al día en el pago de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social para obtener subvenciones.

g) No haber sido sancionadas mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 29/01/2026
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 19
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 Descargar Documento
Boletín: 29/01/2026
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 19
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento