Subvenciones para el apoyo a inversiones materiales o inmateriales en transformación, comercialización o desarrollo de nuevos productos agrícolas, contempladas en la «Inversión Territorial Integrada 2014-2020» de la provincia de Cádiz, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (Submedida 4.2, Operación 4.2.1).- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S17764/17

Norma:

Orden de 20 de abril de 2017. Orden de 21 de abril de 2017. Orden de 13 de abril de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 3 de julio de 2017.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La finalidad es la realización de inversiones materiales e inmateriales en transformación, comercialización o desarrollo de productos agrícolas o subproductos agrarios contemplados en el Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea o el algodón, exceptuados los productos de la pesca y del sector oleícola y aceituna de mesa.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

A) Para PYMES, el 50% de los costes elegibles.

B) Para GRANDES EMPRESAS, el 25 % de los costes elegibles, excepto para aquéllas que tengan su origen en un proceso de fusión o integración cooperativa, cuya intensidad será del 50% de los costes elegibles.

Los porcentajes anteriores pueden incrementarse en 20 puntos porcentuales adicionales, siempre que el máximo de la ayuda combinada no sea superior al 90% en el caso de operaciones apoyadas en el marco de la Asociación Europea de Innovación (AEI) o aquellas operaciones relacionadas con una unión de organización de productores.

En los casos en los que los productos resultantes de la elaboración no se encuentren en el Anexo I del Tratado serán de aplicación las reglas generales de las ayudas de estado, se aplicarán las siguientes intensidades:

Pequeñas empresas y microempresas: 45%

Medianas empresas: 35%

Grandes empresas: 25%

El importe mínimo del proyecto de inversión aprobado será de:

1. PYME 50.000 €, excepto para los proyectos que exclusivamente contengan inversiones contempladas en los apartados 2. a) 1. g) y 2. a) 1. h).

2. GRANDES EMPRESAS 500.000 €. No obstante, exclusivamente a estos efectos no será de aplicación la definición de las categorías de empresas establecida en la Recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 2003, es decir, no se aplicará el importe mínimo de 500.000 € a aquellas empresas que pudieran ser consideradas PYME sin atender a sus empresas asociadas y vinculadas, para las que el límite se sitúa en 50.000 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas y jurídicas, y sus agrupaciones, consideradas Pequeña y Mediana Empresa (en adelante PYME) o gran empresa, de acuerdo con lo establecido en la Recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 2003 (DOCE L 124, de 20 de mayo de 2003), que ejerzan y asuman las actividades de transformación, comercialización o desarrollo de productos agrícolas o subproductos agrarios contemplados en el Anexo I del tratado o del algodón, exceptuando los productos de la pesca y del sector oleícola y aceituna de mesa.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Orientar la producción de acuerdo con las tendencias del mercado que se prevean o fomentar nuevas
salidas al mercado.

b) La mejora tecnológica o racionalización de los procedimientos de manipulación, transformación de productos agrícolas y de los canales de comercialización.

c) La mejora del acondicionamiento y la presentación de los productos agrícolas y el fomento de un uso mejor de los subproductos generados en los distintos procesos productivos del sector.

d) La aplicación de nuevas tecnologías y el fomento de las inversiones innovadoras.

e) La diversificación de las producciones agroalimentarias.

f) Inversiones en transformación y comercialización (incluyendo el desarrollo de nuevos productos agrarios, desarrollo y empleo de nuevos materiales y tecnologías).

g) Inversiones para mejoras e implantación de sistemas de generación de valor añadido y competitividad: implantación sistemas certificados de huella hídrica, huella de carbono y defensa alimentaria, “food defense”.

h) Implantación de los siguientes sistemas de gestión de calidad y/o mejora de trazabilidad:

-Implantación de los siguientes sistemas de gestión de la calidad de procesos: conjunto de normas ISO 9000
e ISO 22000.

- Implantación de los siguientes sistemas de gestión de la calidad de productos: Producción Integrada,
Producción Ecológica, UNE 155000, Protocolos privados de calidad: BRC (British Retail Consortium), IFS
(International Food Standard), GLOBAL-GAP (antes Eurep-Gap),Nature’s Choice.

- Mejora del sistema de trazabilidad de la empresa.

i) Inversiones para la mejora de la eficiencia energética y la reducción del impacto ambiental, vinculadas
directamente al proyecto de inversión.

j) Inversiones realizadas por entidades resultantes de la fusión e integración de cooperativas u otras
entidades asociativas agroalimentarias que permitan y favorezcan la concentración de la oferta y la
comercialización.

k) Inversiones destinadas a la reducción de los residuos generados, y al aprovechamiento de los subproductos, para la obtención de enmiendas orgánicas: construcción y equipamiento de nuevas plantas de compostaje.

Requisitos:

Las industrias solicitantes serán las incluidas en el ámbito de aplicación el Decreto 173/2001, de 24
de julio, por el que se crea el Registro de Industrias Agroalimentarias de Andalucía.

Documentos asociados

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