Subvenciones para el año 2026, en régimen de concurrencia competitiva, dentro del Plan específico de acción comunitaria destinado a asociaciones vecinales, confederaciones, federaciones o uniones de asociaciones de vecinos, comunidades de usuarios de aguas y asociaciones de mujeres rurales de Galicia.

Código de ayuda:

S07864/26

Norma:

Orden de 10 de marzo de 2026.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 18 de abril de 2026.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las subvenciones reguladas por estas bases tienen por objeto el otorgamiento de ayudas específicas para inversiones destinadas a las entidades a que se refiere el apartado 3 de este artículo, con la finalidad de contribuir a mejorar la calidad de la vida local y fomentar y dinamizar el asociacionismo vecinal (código de procedimiento PR487A).

Categorías Subvención

  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Conselleria de Presidencia, Justicia y Deportes (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La ayuda económica que se conceda podrá comprender la totalidad de la inversión realizada, con un límite máximo por entidad de 12.000 euros para la realización de obras (línea 1) y de 5.000 euros para la dotación de equipamientos (línea 2).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Comunidades de bienes / propietarios

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones convocadas las asociaciones de vecinos, confederaciones, federaciones o uniones de asociaciones de vecinos, comunidades de usuarios de aguas debidamente inscritas en el Registro público correspondiente y asociaciones de mujeres rurales de Galicia (en adelante, entidades), para realizar inversiones, tanto de obra como de equipamientos, en inmuebles de su titularidad o de los cuales les corresponda el derecho de uso, y traídas de agua vecinales, con la finalidad de mejorar la calidad de vida local y fomentar y dinamizar la participación vecinal y la cohesión social, contribuyendo de esta forma a satisfacer las necesidades y aspiraciones del vecindario.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrán ser objeto de subvención los gastos ocasionados como consecuencia de obras realizadas en inmuebles de titularidad de la entidad solicitante o sobre los cuales tenga un derecho de uso por convenio o por cualquier otro título, así como la adquisición de equipamientos necesarios para su funcionamiento, todos ellos orientados al cumplimiento de los fines de la entidad y su funcionamiento ordinario, y las obras en las traídas de agua comunitarias.

Requisitos:

Línea 1: las obras de acondicionamiento, reforma y ampliación de los locales en que la entidad vecinal o de mujeres rurales desarrolla su actividad, y las obras de mejora, reforma y reparación de las infraestructuras e instalaciones de las traídas de agua comunitarias, promovidas por comunidades de usuarios de aguas.
Línea 2: la adquisición de equipamientos básicos de los locales, necesarios para el funcionamiento ordinario de la entidad, integrado por mobiliario, equipamientos de oficina, equipamiento informático o equipamiento acústico y audiovisual, y la adquisición de otro equipamiento o mobiliario para actividades específicas, que no tendrá carácter básico

Documentos asociados

Boletín: 18/03/2026
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 52
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 Descargar Documento