Subvenciones para el año 2009 destinadas a organizaciones no gubernamentales existentes en la Comunidad Autonoma de Extremadura para la realizacion de programas de intervencion en conductas adictivas en el marco del Plan Integral de Drogodependencias y Otras Conductas Adictivas.

Código de ayuda:

S28000/08

Norma:

ORDEN de 8 de abril de 2008. ORDEN de 16 de marzo de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 16/04/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto convocar subvenciones públicas para el fomento de programas de prevención, intervención, incorporación social, investigación y formación en materia de conductas adictivas.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Sanidad y Dependencia (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La ayuda individualizada a cada beneficiario tendrá un importe máximo de 500.000 euros, para la realización de las actividades previstas.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de la ayuda prevista las Organizaciones no Gubernamentales, Asociaciones y Entidades sin ánimo de lucro que realicen los programas descritos.

Las entidades que soliciten subvenciones para programas asistenciales deberán contar con la autorización administrativa que, en su caso, establezca la normativa aplicable en materia de requisitos de los Centros, Servicios o Establecimientos de tratamiento de las conductas adictivas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

A) Las subvenciones y la firma de Convenios de Colaboración cuyo otorgamiento se regula en la presente Orden, podrán ser solicitadas para financiar los siguientes programas:

Programas asistenciales para personas afectadas por conductas adictivas:
a. Programas residenciales: Comunidades Terapéuticas y Centros Residenciales de tratamiento breve.
b. Programas ambulatorios de atención a pacientes con conductas adictivas.
c. Programas de reducción de los riesgos y los daños asociados al consumo de drogas.

Desarrollo de programas de prevención de conductas adictivas:
a. Intervenciones informativas y de sensibilización dirigidas a la población general.
b. Intervenciones de prevención dirigidas a ámbitos concretos: escolar, familiar, comunitario y laboral.
c. Actividades de prevención de conductas adictivas dentro de programas de educación para la salud.
d. Actividades preventivas dirigidas a colectivos en riesgo (prevención selectiva).

Programas de formación de profesionales en el campo de las conductas adictivas.

Actividades ocupacionales de apoyo al tratamiento en coordinación con los centros ambulatorios del Servicio Extremeño de Salud y con los recursos asistenciales convenidos con la Administración:
a. Talleres ocupacionales en régimen de internamiento.
b. Talleres ocupacionales en régimen ambulatorio.
c. Centros de día de reincorporación sociolaboral.
d. Programas formativos dirigidos a la incorporación laboral.

Programas de reincorporación social de conductas adictivas, en colaboración con los centros específicos de atención a las conductas adictivas propios del Servicio Extremeño de Salud, convenidos o concertados:
a. Pisos para la incorporación social.
b. Programas de intervención con menores afectados por conductas adictivas.
c. Programas de intervención con personas afectadas por conductas adictivas en comisarías y juzgados.
d. Programas de intervención con personas afectadas por conductas adictivas con problemas jurídico-penales.
e. Programas de intervención con personas afectadas por conductas adictivas que se encuentren privados de libertad.

Programas de investigación aplicada, cuyo objetivo sea la mejora de la calidad asistencial prestada a las personas afectadas por conductas adictivas o el perfeccionamiento de los programas preventivos contemplados en el Plan Integral de Drogodependencias y Otras Conductas Adictivas.

B) Los gastos que pueden financiarse con estas ayudas, previstos en el apartado anterior, deberán realizarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del ejercicio correspondiente a la convocatoria, con independencia de la fecha de publicación de ésta.

Documentos asociados

Boletín: 18/04/2008
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 75
Documento: Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 27/03/2009
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 60
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento