Subvenciones, para el año 2007, a entidades sin ánimo de lucro para desarrollar actuaciones destinadas a la promoción de minorías étnicas.

Código de ayuda:

S11191/07

Norma:

ORDEN FORAL 24/2007, de 26 de enero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 05/03/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente convocatoria tiene por objeto establecer el régimen de concesión de subvenciones, para el ejercicio 2007, a entidades sin ánimo de lucro para desarrollar actuaciones destinadas a la promoción de minorías étnicas.

Mediante la concesión de las citadas subvenciones se financiarán gastos de personal, funcionamiento y actividades, para el desarrollo por dichas entidades de actuaciones en el ámbito de la promoción social
de minorías étnicas, de acuerdo a las tipologías de actuaciones establecidas en la base reguladora 7 del presente anexo.

Las actuaciones objeto de subvención se desarrollarán en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra y tendrán como finalidad la promoción social de minorías étnicas.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Bienestar Social, Deporte y Juventud (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán acogerse a las subvenciones previstas en esta convocatoria las entidades que, de acuerdo con sus estatutos, puedan intervenir en el ámbito de actuación señalado en la primera de estas bases reguladoras.

Las entidades que concurran deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Estar inscritas en el Registro de Entidades, Servicios y Centros de Servicios Sociales, dependiente del Departamento de Bienestar Social, Deporte y Juventud.
b) Carecer de fines de lucro.
c) Tener su domicilio social o delegación permanente en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra.
d) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social o de pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o sus Organismos Autónomos.
e) No estar incursas en el resto de prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, se establecen en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral de Subvenciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actuaciones para los que se solicite la subvención deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser adecuados a los objetivos establecidos por el Instituto Navarro de Bienestar Social en el ámbito a que se refiere esta convocatoria.
b) Estar dirigidos a los núcleos de población más vulnerable del colectivo de referencia.
c) Desarrollar las actuaciones en las áreas de intervención con más necesidades del colectivo al que se dirigen.

Documentos asociados

Boletín: 09/02/2007
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 18
Documento: Convocatoria Descargar Documento