Subvenciones, para el año 2007, a entidades sin ánimo de lucro en el ámbito de la integración social de la población inmigrante.
Código de ayuda:
S15937/07Norma:
ORDEN FORAL 35/2007, de 7 de febrero.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 23/03/2007Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente convocatoria tiene por objeto establecer el régimen de concesión de subvenciones para el ejercicio 2007, a entidades sin ánimo de lucro en el área de la Integración Social del colectivo inmigrante.Mediante la concesión de las citadas subvenciones se financiarán gastos de personal, funcionamiento y actividades, para el desarrollo por dichas entidades de proyectos y actuaciones en el ámbito de la integración social del colectivo inmigrante.
Los proyectos y actuaciones objeto de subvención se desarrollarán en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra y tendrán como finalidad, la integración social del colectivo inmigrante.
Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Bienestar Social, Deporte y Juventud (Navarra)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Podrán acogerse a las subvenciones previstas en esta convocatoria las entidades que, de acuerdo con sus estatutos, puedan intervenir en el ámbito de actuación señalado en estas bases reguladoras.Requisitos:
Las entidades que concurran deberán reunir los siguientes requisitos:a) Estar inscritas en el Registro de Entidades, Servicios y Centros de Servicios Sociales, dependiente del Departamento de Bienestar Social, Deporte y Juventud.
b) Carecer de fines de lucro.
c) Tener su domicilio social o delegación permanente en Navarra.
d) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social o de pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o sus Organismos Autónomos.
e) No estar incursas en el resto de prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, se establecen en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral de Subvenciones.
Todos los requisitos señalados deberán cumplirse en la fecha en que expire el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el periodo de ejecución de la actividad subvencionada.
Documentos asociados
Boletín:
28/02/2007
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 26
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 26
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento