Subvenciones, para el año 2007, a entidades sin ánimo de lucro en el ámbito de la integración social de la población inmigrante.

Código de ayuda:

S15937/07

Norma:

ORDEN FORAL 35/2007, de 7 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 23/03/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente convocatoria tiene por objeto establecer el régimen de concesión de subvenciones para el ejercicio 2007, a entidades sin ánimo de lucro en el área de la Integración Social del colectivo inmigrante.

Mediante la concesión de las citadas subvenciones se financiarán gastos de personal, funcionamiento y actividades, para el desarrollo por dichas entidades de proyectos y actuaciones en el ámbito de la integración social del colectivo inmigrante.

Los proyectos y actuaciones objeto de subvención se desarrollarán en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra y tendrán como finalidad, la integración social del colectivo inmigrante.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Bienestar Social, Deporte y Juventud (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán acogerse a las subvenciones previstas en esta convocatoria las entidades que, de acuerdo con sus estatutos, puedan intervenir en el ámbito de actuación señalado en estas bases reguladoras.

Requisitos:

Las entidades que concurran deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Estar inscritas en el Registro de Entidades, Servicios y Centros de Servicios Sociales, dependiente del Departamento de Bienestar Social, Deporte y Juventud.
b) Carecer de fines de lucro.
c) Tener su domicilio social o delegación permanente en Navarra.
d) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social o de pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o sus Organismos Autónomos.
e) No estar incursas en el resto de prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, se establecen en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral de Subvenciones.
Todos los requisitos señalados deberán cumplirse en la fecha en que expire el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el periodo de ejecución de la actividad subvencionada.

Documentos asociados

Boletín: 28/02/2007
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 26
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento