Subvenciones para el ahorro de energia dentro termino municipal.- Convocatoria 2011.
Código de ayuda:
S21882/11Norma:
Resolución de 22 de marzo.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 13/07/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones para el fomento del ahorro de energía, la reducción de la contaminación y la instalación de equipos de captación de energía solar térmica, en viviendas unifamiliares o colectivas dentro del término municipal de Alcobendas, excepto las del Distrito Centro.Categorías Subvención
Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ayuntamiento de Alcobendas (Comunidad de Madrid)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe de las subvenciones será el siguiente:— En vivienda unifamiliar, hasta 500 euros por metro cuadrado de colector solar instalado, con un máximo de 2.000 euros, y otros 3.000 euros como cantidad máxima para el resto de material subvencionable.
— En vivienda colectiva, hasta 500 euros por metro cuadrado de colector solar instalado, con un máximo de 10.000 euros, y otros 4.000 euros como cantidad máxima para el resto de material subvencionable.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Los propietarios o comunidades de vecinos de viviendas situadas en el término municipal de Alcobendas y que instalen equipos de captación de energía solar térmica.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Se consideran componentes subvencionables:— El sistema de captación formado por los paneles solares.
— El sistema de acumulación constituido por uno o varios depósitos para almacenamiento de agua caliente.
— El circuito hidráulico encargado de establecer el movimiento del fluido caliente hasta el sistema de acumulación (tuberías, bombas, válvulas, vasos de expansión, enlaces, codos, etcétera).
— El sistema de intercambio que realiza la transferencia de la energía térmica captada al agua caliente que consume.
Requisitos:
— Las comunidades o mancomunidades deberán estar legalmente constituidas, con número de identificación fiscal.— Los propietarios individuales deberán acreditar la titularidad de la vivienda.
— Estarán al corriente en sus obligaciones fiscales y de la Seguridad Social con todas las Administraciones Públicas o en caso de tener concedida moratoria o aplazamiento para su cumplimiento. De estar exento de estas obligaciones deberá de acreditarlo documentalmente.
— Acuerdo de la junta de propietarios, que recoja:
1. La conveniencia de implantar una instalación de energía solar térmica.
2. El presupuesto de ejecución de las obras, IVA incluido, elaborado por una empresa instaladora.
3. La solicitud de la subvención con las siguientes mayorías, dependiendo de cada caso concreto:
- Voto favorable de la unanimidad de los propietarios cuando se produzca cualquier alteración de la estructura o fábrica del edificio o de las cosas comunes (artículo 12 de la Ley de Propiedad Horizontal).
- Voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación cuando no se produzca cualquier alteración de la estructura o fábrica del edificio o de las cosas comunes (artículo 17.1 II de la Ley de Propiedad Horizontal).
— Si se trata de viviendas unifamiliares, el propietario tendrá la obligación de presentar presupuesto con una somera descripción de la instalación.
— En el supuesto de haber sido beneficiario de anteriores subvenciones concedidas por el Ayuntamiento de Alcobendas, haber acreditado el cumplimiento de las obligaciones inherentes a la misma.
— En el supuesto de haber solicitado otras subvenciones por el mismo concepto a otros organismos públicos, enumerarlas indicando si se han concedido y la cuantía otorgada.
— Estar en posesión de todos los permisos, licencias y autorizaciones, tanto municipales como de otro carácter, necesarios para su instalación y funcionamiento. Todos los requisitos generales deberán estar cumplidos en el momento de la concesión de la subvención y deberá de mantenerlo durante la tramitación de la misma.
Documentos asociados
Boletín:
13/04/2011
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 87
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 87
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento