Subvenciones para ejecutar proyectos que favorezcan el apoderamiento de los socios locales mediante acciones de prospección, identificación y capacitación en países empobrecidos para el año 2015.

Código de ayuda:

S45046/15

Norma:

Resolución de 30 de octubre de 2015.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 17 de noviembre de 2015.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

1.1. El objeto de esta convocatoria es establecer las subvenciones para ejecutar actuaciones de prospección, identificación y capacitación de los socios locales para la elaboración de proyectos de cooperación al desarrollo que contribuyan a mejorar las condiciones de vida de las personas más desfavorecidas del Sur.

1.2. Estas subvenciones tienen su razón de ser en la necesidad de contribuir a erradicar la pobreza en los países empobrecidos del mundo a través del apoderamiento de los socios locales y la mejora de la calidad en la identificación y formulación de proyectos.

1.3. Un mínimo del 70% del presupuesto disponible en esta convocatoria se reservará para las subvenciones dirigidas a los once países prioritarios según la revisión del Plan Director de Cooperación 2012-2015:

· Bolivia (departamentos de Cochabamba, Chuquisaca, Oruro y Potosí)
· Colombia (departamentos de Antioquía y Cauca)
· Ecuador (regiones una, tres y cinco)
· Guatemala (departamentos de Quetzaltenango, Quiché, San Marcos y Sololá)
· Perú (departamentos de Lima e Ica, provincias de Lima y Callao)
· Burundi
· Etiopía (regiones de Oromia y Tigray)
· Marruecos (provincias de Tetuán, Chefchaouen, Al-Hoceima y Nador)
· Senegal
· República Árabe Saharaui Democrática
· Territorios Palestinos Ocupados (incluyendo la población palestina refugiada en países limítrofes)

Hasta un 30% del presupuesto disponible en esta convocatoria se podrá dirigir a otros países beneficiarios de Ayuda Oficial al Desarrollo (AOD) según el listado que fija el Comité de Ayuda al Desarrollo (CAD).

1.4. Tendrán puntos adicionales aquellos proyectos presentados que sean desarrollados únicamente por actores locales, es decir, aquellos en los cuales no sea necesaria la intervención de personal expatriado y/o el desplazamiento a terreno del personal en sede, de acuerdo con lo que establece el anexo 5 de esta convocatoria.

1.5. Podrán ser objeto de subvención los proyectos que se enmarquen en una de las modalidades siguientes:

Modalidad A. Elaboración de estudios, prospecciones, diagnósticos e identificación en el terreno de proyectos de cooperación al desarrollo.

En el anexo 2 se detallan las especificidades de esta modalidad.

Modalidad B. Formación y capacitación en la identificación, formulación y gestión de proyectos de desarrollo de los socios locales, así como en otras temáticas relacionadas con las prioridades sectoriales de la cooperación al desarrollo de las Islas Baleares. En el anexo 3 se detallan las especificidades de esta modalidad.

Modalidad C. Proyectos que combinan las dos modalidades anteriores, donde hay actividades de prospección e identificación y paralelamente también se llevarán a cabo actividades de capacitación del socio local en la identificación, formulación y gestión de proyectos de desarrollo (así como en otras temáticas relacionadas con las prioridades sectoriales). En el anexo 4 se detallan las especificidades de esta modalidad.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Servicios Sociales y Cooperación (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades jurídicas privadas sin ánimo de lucro, radicadas a las Islas Baleares, que lleven a cabo actividades en materia de cooperación para el desarrollo y solidaridad.

Se entiende por radicadas a las Islas Baleares que estén inscritas en el Registro de Asociaciones o en el Registro de Fundaciones de las Islas Baleares o, en caso de que estén inscritas en un registro de ámbito estatal, que dispongan de una sede o delegación permanente y activa en las Islas Baleares. Se entiende por disponer de delegación permanente y activa tener sede social o delegación con establecimiento permanente en las Islas Baleares, y disponer de un equipo de gestión o un órgano de trabajo con capacidad de decisión en las Islas Baleares que pueda asumir la responsabilidad directa de los proyectos o las actuaciones para las que se solicita la subvención, como también estar en condiciones de facilitar en cualquier momento a la Dirección General de Cooperación cualquier aclaración, información y documentación sobre la contabilidad y la gestión del proyecto durante las fases de seguimiento, ejecución y justificación.

Documentos asociados

Boletín: 02/11/2015
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 160
Documento: Bases y Convocatoria 2015 Descargar Documento