Subvenciones para diseñar e implementar proyectos relacionados con la diversidad sexual y de género dirigidos al colectivo LGTBI para 2018.

Código de ayuda:

S31046/18

Norma:

Decreto 103/1998, de 20 de noviembre. Palma, 12 de junio de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 16 de julio de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de las ayudas es la creación y la realización de campañas de difusión de los derechos de lesbianas, gays, trans, bisexuales e intersexuales, de sensibilización hacia la diversidad sexual y de género, y de prevención de la LGTBI-fobia en las Illes Balears; la creación e implementación de programas y proyectos de intervención sociocomunitaria para dar respuesta a situaciones de vulnerabilidad de personas o colectivos por razón de su orientación sexual, identidad de género o expresión de género, y la organización de congresos, seminarios, simposios, jornadas, cursos y otras actividades y acontecimientos de carácter similar relacionados con la diversidad sexual y de género, con las siguientes finalidades:

a. Fomentar una percepción y una actitud positivas hacia el colectivo LGTBI, a efectos de evitar situaciones de rechazo y de marginación de las personas por razón de su orientación sexual, identidad de género o expresión de género, con especial atención a la situación de las mujeres transexuales, lesbianas o bisexuales.

b. Dar difusión de la Ley 8/2016 a toda la sociedad, especialmente a lesbianas, gais, transexuales, bisexuales e intersexuales y sus familias con el objetivo de que conozcan los nuevos derechos que les concede esta ley.

c. Incrementar los conocimientos y potenciar las aptitudes y las actitudes favorables a la diversidad sexual y de género en todos los ámbitos.

d. Mejorar las habilidades y las capacidades de las personas y colectivos LGTBI que están en una situación de mayor vulnerabilidad.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Presidencia (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

En todos los casos se puede solicitar una subvención equivalente al 100 % del presupuesto del proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarias de las subvenciones previstas en esta convocatoria las asociaciones, federaciones de asociaciones, fundaciones y cualquier otra persona jurídica privada sin ánimo de lucro legalmente constituidas y en activo, radicadas en las Illes Balears.

También pueden acceder a ellas las asociaciones y las personas jurídicas públicas o privadas debidamente registradas en otros ámbitos territoriales cuando ejecuten y desarrollen programas o acciones en el ámbito territorial de las Illes Balears y que tengan efectos en el ámbito de la red social de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Asimismo, pueden concurrir a las subvenciones de forma conjunta para un mismo proyecto dos o más entidades siempre que especifiquen claramente cuáles serán las funciones de cada una y cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) La creación y la realización de campañas de difusión de los derechos de lesbianas, gays, trans, bisexuales e intersexuales, de sensibilización hacia la diversidad sexual y de género, y de prevención de la LGTBIfobia en las Illes Balears.

b) La creación e implementación de programas y proyectos de intervención sociocomunitaria para dar respuesta a situaciones de vulnerabilidad de personas o colectivos por razón de su orientación sexual, identidad de género o expresión de género.

c) La organización de congresos, seminarios, simposios, jornadas, cursos y otras actividades y acontecimientos de carácter similar relacionados con la diversidad sexual y de género.

Requisitos:

a) Estar válidamente constituidas de conformidad con la normativa vigente e inscritas en el registro correspondiente.

b) Contar con la organización, la estructura técnica y la capacidad suficientes y necesarias para garantizar el cumplimiento de la actividad objeto de subvención en el momento de la publicación de esta convocatoria.

c) Estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto estatales como autonómicas, y con la Seguridad Social.

d) En el caso de fundaciones, estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones contables con el protectorado en el momento de presentar la solicitud.

e) Haber justificado suficientemente las subvenciones o las ayudas recibidas anteriormente del Gobierno de las Illes Balears, en su caso.

Documentos asociados

Boletín: 24/11/1998
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 150
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 16/06/2018
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 74
Documento: Convocatoria 2018 Descargar Documento
Boletín: 16/06/2018
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 74
Documento: Convocatoria 2018 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 22/09/2018
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 117
Documento: Modificación Convocatoria Descargar Documento