Subvenciones para desarrollar proyectos de Formacion en Alternancia en centros concertados y en centros publicos de titularidad municipal que imparten ciclos formativos de Formacion Profesional.- Convocatoria 2013/2014.

Código de ayuda:

S43782/13

Norma:

ORDEN de 19 de noviembre de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/12/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvencionar proyectos de Formación el Alternancia dirigidos a la obtención de un título de Formación Profesional, a través de un proceso de aprendizaje que se desarrolla durante el curso 2013-2014.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Formación

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de las subvenciones será de 3.000 euros por cada alumna o alumno participante en cada uno de los proyectos durante el curso 2013-2014.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los centros concertados y los centros públicos de titularidad municipal que tengan concertados o conveniados ciclos formativos de Formación Profesional a lo largo del curso 2012-2013.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los centros concertados y los centros públicos de titularidad municipal que tengan concertados o conveniados ciclos formativos de Formación Profesional a lo largo del curso 2012-2013.

Requisitos:

Podrán concurrir a esta convocatoria todos los centros concertados o conveniados de titularidad
municipal que impartan ciclos formativos en el curso 2012-2013 y cuyos proyectos de formación en alternancia hayan sido aprobados por Resolución del Viceconsejero de Formación Profesional de junio de 2013.

Además, las entidades solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) No encontrarse sancionado penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de
obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni hallarse incurso en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación de sexo, de conformidad con los dispuesto en la Disposición Final sexta de la Ley 4/2005, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

b) Estar al corriente del pago de sus obligaciones con la Seguridad Social y tributarias.

Documentos asociados

Boletín: 29/11/2013
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 228
Documento: Bases y Convocatoria 2013/2014. Descargar Documento