Subvenciones para desarrollar programas de tecnificacion deportiva en el Principado de Asturias durante el ejercicio de 2010.

Código de ayuda:

S26682/09

Norma:

Resolucion de 24 de marzo de 2009. Resolución de 15 de marzo de 2010.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 23 de noviembre de 2010.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Tiene por objeto la financiación del desarrollo de Programas de Tecnificación deportiva en el ámbito autonómico y municipal, durante el ejercicio de 2010.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Cultura y Turismo (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de la subvención concedida no superará la cantidad de 5.000 € por Entidad.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán cursar solicitud las Federaciones Deportivas del Principado de Asturias y los Clubes Deportivos Básicos que estén legalmente constituidos e inscritos en el Registro de Entidades Deportivas del Principado de Asturias, con al menos seis meses de antigüedad a la fecha del día de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.


¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán subvencionables, los gastos ocasionados por:

— Desplazamientos.

— Material deportivo.

— Alojamientos.

— Alquiler de instalaciones.

— Material bibliográfico.

— Otros gastos que faciliten el desarrollo del programa de tecnificación deportiva.

No serán gastos subvencionables aquellos otros que se deriven de la gestión ordinaria de la entidad, ni que faciliten la participación en competiciones, entendiéndose por tanto que los gastos que pudieran imputarse a la gestión de la subvención concedida, tienen como únicos beneficiarios a los deportistas incluidos en el Programa de Tecnificación Deportiva, y que previamente hayan sido validados por el Área de Actividades y Promoción del Deporte de la Dirección General de deportes.

Requisitos:

Las entidades solicitantes, para obtener la condición de beneficiarias, deberán cumplir los requisitos recogidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, acreditándose la misma mediante una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa.

Documentos asociados

Boletín: 03/04/2009
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 78
Documento: Convocatoria 2009 Descargar Documento
Boletín: 03/04/2009
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 78
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 31/03/2010
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 75
Documento: Convocatoria 2010 Descargar Documento