Subvenciones para desarrollar las medidas de coordinación de actuaciones en torno a la recuperación de la Memoria Históricay el reconocimiento institucional y social de las personas desaparecidas durante la Guerra Civil y la Posguerra.
Código de ayuda:
S10764/04Norma:
Orden de 30 de marzo de 2004.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 16/07/2004Finalidad u objetivo de la ayuda:
La coordinación de actuaciones en torno a la recuperación de la memoria histórica y el reconocimiento institucional y social de las personas desaparecidas durante la Guerra Civil Española y la Posguerra.Categorías Subvención
- Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Localización del organismo gestor
Andalucía
Convoca:
Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública (Andalucía)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Sin especificar.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
a) Por los Ayuntamientos andaluces que realicen algunas de las actuaciones previstas en el artículo 2 del Decreto 334/2003, de 2 de diciembre.b) Por entidades sin ánimo de lucro, cuyos fines están relacionados con los objetivos previstos en el Decreto 334/2003, de 2 de diciembre.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los Planes de Recuperación de Memoria Histórica, que podrán contener algunas de las siguientes actuaciones:a) Por los Ayuntamientos andaluces, las dirigidas a la investigación y estudio, a la identificación de los lugares en cuyo territorio se encuentren ubicadas las fosas con los restos de las víctimas de la Guerra Civil y posguerra y al levantamiento de monolitos o cualquier otro monumento conmemorativo en los lugares mencionados anteriormente o en aquellos supuestos en los que no se pueda determinar el lugar exacto, en aquél en que los estudios los sitúen, y a la realización de exhumación de cadáveres y posterior traslado, si procede, a los respectivos cementerios cuando se cuente con las autorizaciones judiciales y legales pertinentes.
b) Por las entidades sin ánimo de lucro, las que tengan por objeto la investigación y los estudios dirigidos a la localización de los lugares de enterramiento, así como la divulgación de los sucesos y lugares que se pretenden rememorar.
Requisitos:
Sin especificar.Documentos asociados
Boletín:
16/04/2004
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 74
Documento: Convocatoria Descargar Documento
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 74
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