Subvenciones para desarrollar en la Comunidad Foral de Navarra proyectos innovadores y experimentalesen materia de empleo y emprendimiento.
Código de ayuda:
S28837/25Norma:
RESOLUCIÓN 4350E/2025, de 17 de septiembre.Plazo de Solicitud:
Hasta el 9 de noviembre de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Las presentes bases tienen por objeto regular el régimen de concesión de subvenciones para la realización de proyectos innovadores y experimentales en materia de empleo y/o emprendimiento en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, enmarcados en las actividades del Centro de Orientación, Emprendimiento, Acompañamiento e Innovación para el Empleo (COE) del Servicio Navarro de Empleo Nafar Lansare (SNE NL). El objeto de esta convocatoria es promover proyectos piloto de innovación en el ámbito del empleo y el emprendimiento, que, tras su experimentación y evaluación, se puedan escalar a los servicios de empleo y contribuyan a la transformación de la intervención en materia de empleo y emprendimiento.Categorías Subvención
Empleo
Formación
I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Localización del organismo gestor

Convoca:
Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare (Navarra)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
a) Costes de personal de la entidad solicitante. En concepto de gastos de personal se abonará como módulo las siguientes cuantías:–Personal coordinador: 32 euros/ hora, con el límite máximo de un 10% del total de horas de personal destinadas al proyecto.
–Personal técnico: 27 euros/hora.
–Personal de apoyo: 22 euros/ hora, con el límite máximo de un 20% del total de horas de personal destinadas al proyecto.
b) Costes generales: se abonará, como máximo, un 25% del total de costes de personal imputados al proyecto. Estos gastos, que serán debidamente justificados, se corresponderán con los siguientes conceptos:
–Materiales y suministros que se generen para la ejecución de los proyectos.
–Viajes y dietas del personal directamente vinculado a la realización de las actividades objeto del
proyecto.
–Alquiler de salas para la celebración de actividades puntuales contenidas en el proyecto, dirigidas a personas beneficiarias, que no puedan ser realizadas en las instalaciones de la entidad promotora del proyecto.
–Servicios técnicos y profesionales referidos a la contratación puntual de profesionales ajenos o ajenas a la entidad, con el fin de que realicen una actividad concreta recogida en el proyecto.
–Seguros de accidentes de personas destinatarias de los proyectos.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
- Autónomos
- Ayuntamientos/Municipios
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Podrán resultar beneficiarias de esta convocatoria y solicitar ayudas, las entidades siguientes:a) Las entidades locales, incluidas sus corporaciones locales, los consejos comarcales, supra comarcales o entidades territoriales, así como sus organismos autónomos y entidades con competencias en materia de políticas activas de empleo, desarrollo local y de promoción de la ocupación, dependientes o asimiladas a las mismas cuya titularidad corresponda íntegramente a dichas entidades locales o sus corporaciones.
b) Las entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia.
c) Personas autónomas, empresas y asociaciones empresariales.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Se subvencionará el diseño, desarrollo y ejecución de proyectos que conlleven nuevas ideas, nuevas formas de hacer o metodologías innovadoras en materia de emprendimiento y/o empleo, acordes al ámbito competencial del SNE NL y funciones de su Centro de Orientación, Emprendimiento, Acompañamiento e Innovación para el Empleo (COE).Requisitos:
a) Desarrollar las actividades en la Comunidad Foral de Navarra.b) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social o de pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o sus organismos autónomos.
c) No haber sido objeto de sanción mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones conforme a lo previsto en la legislación en materia de igualdad entre mujeres y hombres, en la Ley Foral de Subvenciones o en la legislación general tributaria.
d) No estar incursas en el resto de prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiaria de
subvenciones, se establecen en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
Documentos asociados
Boletín:
09/10/2025
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 202
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 202
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 Descargar Documento