Subvenciones para dar apoyo al intercambio entre las Islas Baleares y a la proyección exterior de proyectos audiovisuales para el año 2019.

Código de ayuda:

S36573/19

Norma:

Resolución de 24 de mayo de 2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 15 de septiembre de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta convocatoria tiene por objeto contribuir al intercambio entre las Islas Baleares y a la proyección exterior de proyectos audiovisuales de carácter profesional durante el periodo comprendido entre el 1 de diciembre de 2018 y el 30 de noviembre de 2019 para fomentar la cultura, el intercambio y la relación entre Mallorca, Menorca, Ibiza y Formentera, así como entre las Islas Baleares y el exterior.

Categorías Subvención

  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Cultura, Participación y Deportes (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

1. Con respecto al apoyo a la movilidad de los profesionales a los cuales se hace referencia en el punto 1.2 a), son beneficiarios las personas físicas y jurídicas, independientemente de su residencia fiscal.

2. Con respecto al apoyo a planes de exteriorización al cual hace referencia el punto 1.2 b), son beneficiarios:

a) Las empresas de producción audiovisual independientes con residencia fiscal en las Islas Baleares y las asociaciones relacionadas con el sector audiovisual con residencia fiscal en las Islas Baleares, así como las que tengan residencia fiscal fuera de nuestra comunidad que estén inscritas en un registro de empresas audiovisuales o cinematográficas de un estado miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo y con establecimiento operativo en el Estado español, siempre que en el momento de solicitud de la ayuda tengan un establecimiento operativo en las Islas Baleares, con dos años de antigüedad. Asimismo, tienen que tener sus obras registradas en una sociedad de gestión de derechos. En el caso de las asociaciones, estas tienen que asegurar que las empresas a las cuales representan cumplen los dos requisitos anteriores.

b) Las personas físicas que estén dadas de alta de una actividad económica en epígrafes relacionados con el sector audiovisual.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Apoyo a la movilidad de productores audiovisuales y profesionales en el ámbito audiovisual de las Islas Baleares.

Se podrán solicitar ayudas para:

- Traslado y alojamiento del productor, director, guionista, equipo técnico, etc. en ferias, mercados, festivales, foros de coproducción, jornadas de formación, talleres y conferencias relacionadas con el sector audiovisual balear, nacional y/o internacional, siempre que la comisión considere que contribuyen a la proyección exterior.

Se incluyen exclusivamente los siguientes gastos:

- El desplazamiento de personal técnico. Solo se aceptan billetes en clase turista.

- Los gastos de alojamiento, siempre que se puedan justificar con facturas.

- Los gastos de alquiler de vehículos.

- El kilometraje en los desplazamientos por carretera que no se hagan en transporte público, con un precio máximo de 0,240141 euros por kilómetro.

- Los gastos del coste de las acreditaciones o inscripciones a ferias, mercados y jornadas profesionales para un máximo de dos personas y con un máximo de gasto de 350 euros por acreditación.

b) Apoyo a actividades de proyección exterior fuera de las Islas Baleares de proyectos y producciones audiovisuales Se podrán solicitar ayudas para los planes de exteriorización (desarrollo del proyecto; búsqueda de financiación; proyección y promoción exterior, y distribución exterior) de los proyectos y las producciones de las empresas audiovisuales que contribuyan a la promoción y comercialización de la producción audiovisual mediante asistencia a las ferias, mercados, festivales, foros de coproducción y jornadas de formación, talleres y conferencias relacionadas con el sector audiovisual balear, nacional y/o internacional, siempre que estén incluidos dentro del plan de exteriorización y la comisión considere que contribuyen plenamente a la mencionada exteriorización.

Son únicamente subvencionables los gastos siguientes:

- Los gastos de transporte. Solo se aceptan billetes en clase turista. En el caso de desplazamientos en coche se cuenta el kilometraje a un precio máximo de 0,240141 euros por kilómetro y se añaden los peajes, si es el caso. La gasolina está incluida dentro del precio de kilometraje. También se puede incluir el alquiler de vehículos e importes de taxi de ida y vuelta del aeropuerto.

- Los gastos de alojamiento, siempre que estén debidamente justificadas (el importe subvencionable no puede superar los 130 euros por persona y noche).

- Gastos del coste de las acreditaciones o inscripciones a festivales, ferias, mercados, festivales y foros de coproducción (por un máximo de dos personas de la empresa beneficiaria).

- Los gastos de traducción, adaptación e incrustación de subtítulos de largometrajes, cortometrajes, documentales, etc. a un máximo de 3 idiomas.

- La producción, edición y traducción del material promocional (destinados a la participación en las ferias, mercados, festivales y foros de coproducción), en formato: sitios web, blogs, EPK, producción de teasers y/o trailers, screeners, acciones promocionales, publicitarias y de estrategia.

Documentos asociados

Boletín: 06/06/2019
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 75
Documento: Bases, Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento