Subvenciones para cooperación entre agentes para desarrollar cadenas cortas de comercialización por acciones de información.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S48291/16

Norma:

Orden de 19 de febrero de 2015. Palma, 12 de diciembre de 2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 16 de febrero de 2017.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la convocatoria es la subvención de las actuaciones necesarias y los gastos de estudio, animación y funcionamiento definidos en el apartado cuarto de esta convocatoria hechas con el fin de realizar acciones de información, promoción y comercialización de las producciones agrícolas de calidad definidas en el apartado cuarto y realizadas en otros países, tanto de la UE como de fuera de la UE, por el beneficiario como parte de un grupo de cooperación que cumpla los requisitos definidos en el apartado tercero de esta convocatoria.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La intensidad de la ayuda será del 70% de los costes elegibles.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarios de las subvenciones que prevé esta convocatoria las personas físicas o jurídicas integrantes de un grupo de cooperación siempre que, en el momento de la propuesta de resolución, este grupo reúna los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán objeto de subvención los gastos derivados de las actuaciones siguientes realizadas en el extranjero:

* Organización y participación en ferias, congresos, seminarios, jornadas técnicas, eventos y actividades similares de relaciones públicas.

* Información y publicidad en revistas, vallas publicitarias y medios de comunicación (prensa, radio y televisión).

* Edición de material divulgativo con promoción de conocimientos científicos y técnicos de los productos (página web, folletos informativos, etc.).

* Acciones de mejora de la imagen de productos.

* Estudios de mercado y de evaluación de impacto de las campañas de promoción.

* Visitas y encuentros comerciales con vistas a la venta y la distribución de las producciones.

Se admitirán los gastos del personal laboral vinculados a las actuaciones subvencionables siempre que correspondan a costes reales de la operación subvencionada o a costes medios reales imputables a operaciones del mismo tipo y se asignen proporcionalmente a la operación, de acuerdo con un método justo y equitativo debidamente acreditado.

Las producciones agrícolas de calidad amparada son las siguientes:

* Aceite.

* Sobrasada.

* Queso.

* Hortalizas de exportación.

* Otras producciones de calidad, excepto el vino.

Requisitos:

a) Debe estar integrado por un mínimo de dos agricultores que cumplan los siguientes requisitos:

- Ser agricultor activo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento (UE) nº 1307/2013, de 17 de diciembre de 2013.

- Ser titular de una explotación agraria inscrita en el Registro Interinsular Agrario de las Islas Baleares (RIA).

- Comprometerse a ejercer la actividad agraria un mínimo de cinco años a contar desde la fecha de concesión de la ayuda.

Estos agricultores pueden estar integrados en una agrupación de productores agraria o en una cooperativa agrícola y, en este caso, el beneficiario puede ser la agrupación de productores o la cooperativa.

También pueden formar parte del grupo de cooperación los grupos de acción locales seleccionados al amparo de la medida 19 del Programa de Desarrollo Rural.

b) Todos los integrantes del grupo deben cumplir las condiciones de PYME.

c) Debe disponer de un plan de cooperación para desarrollar las acciones previstas en el apartado cuarto de esta Resolución, con los requisitos y el contenido mínimo siguientes:

- Requisitos:

.Estar suscrito por todos los integrantes del grupo.

.Consistir en un acuerdo para realizar en común acciones de información y promoción, así como de venta en cadena corta de comercialización.

Ser viable técnica y financieramente. La viabilidad se comprobará de acuerdo con las salidas normales al mercado del producto de la cooperación, la distribución de los gastos, la viabilidad económica y otros aspectos propios del plan.

.Tener una durabilidad de al menos cinco años.

- Contenido:

. Estructura del grupo, si existe.

. Integrantes del grupo, con indicación de si son agricultores y de su porcentaje en la distribución de ingresos y gastos. La comprobación del hecho de ser agricultor se hará mediante una consulta al Registro Insular de Explotaciones Agrarias.

. Objetivos y características de la cooperación: El plan deberá establecer de forma detallada todas las actuaciones que se desarrollarán para la promoción, la información de sus producciones y la venta en cadena corta de comercialización. Las actuaciones estarán claramente definidas y se especificarán el país o los países a los cuales se dirigen, los tipos de producción que incluyen, las actuaciones que se pretenden llevar a cabo de cada una de ellas, los contactos comerciales que se establecerán, las previsiones de venta, etc.

Duración y calendario del proceso de cooperación.

. Elementos y material necesario para el proceso de cooperación.

. Coste total de la operación, con desglose de las diferentes partidas de gasto y análisis de la viabilidad.

. Resultados esperados.

d) Que obtengan, como mínimo, un 30% de la puntuación máxima posible prevista en el apartado séptimo de esta Resolución.

Documentos asociados

Boletín: 26/02/2015
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 29
Documento: Bases Reguladoras 2015 Descargar Documento
Boletín: 17/12/2016
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 158
Documento: Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento