Subvenciones para ayuntamientos de Castilla-La Mancha para el desarrollo de programas de prevencion selectiva e indicada del consumo de drogas y programas de educacion de calle para personas con drogodependencia.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S28737/13

Norma:

Orden de 12/07/2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 22/08/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases reguladoras y convocar la concesión en régimen de concurrencia competitiva de subvenciones correspondientes al año 2013 para Ayuntamientos de Castilla-La Mancha destinadas a financiar la realización de programas de prevención selectiva e indicada del consumo de drogas y programas de educación de calle dirigidos a personas con drogodependencia.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Educación y Ciencia
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Para programas de prevención selectiva e indicada: 450.000 euros.

b) Para programas de educación de calle dirigidos a personas con drogodependencia: 184.761 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los Ayuntamientos de Castilla-La Mancha con una población superior a 10.000 habitantes.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Subvenciones para programas de prevención selectiva e indicada. En 2013, la subvención máxima para cada uno de los proyectos será de 90.000 euros.

b) Subvenciones para programas de educación de calle dirigidos a personas con drogodependencia. En 2013, la subvención máxima para cada uno de los proyectos será de 65.000 euros.

Requisitos:

a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en la forma que se determina en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, así como en el Decreto 21/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en materia de subvenciones.

b) Encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

c) No hallarse quienes ostenten la representación legal de la entidad en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

d) No estar incurso en alguna de las circunstancias que recoge del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

e) Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales cuando proceda según la normativa de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.

Documentos asociados

Boletín: 23/07/2013
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 141
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento