Subvenciones para asociaciones y otras entidades sin animo de lucro que desarrollen programas de interes en materia de atencion a los animales abandonados.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S24273/13

Norma:

Gijón/Xixón, a 20 de junio de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 01/08/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas económicas a las Asociaciones y Entidades sin ánimo de lucro, constituidas como tales, y con ámbito de actuación en el Concejo de Gijón, para el desarrollo de actividades y programas de interés en materia de atención a los animales abandonados durante el ejercicio 2013.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Ayuntamiento de Gijón (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las cuantías globales de la presente convocatoria para el año 2013, ascienden a la cantidad de 8.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las Asociaciones y Entidades sin ánimo de lucro que cumpliendo los requisitos y finalidad de esta convocatoria fomenten la atención y el cuidado de animales abandonados y tengan como ámbito de actuación el Concejo de Gijón.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Actuaciones de control y atención de colonias de gatos en la calle.

- Atención de animales abandonados.

- Realización de campañas que fomenten la adopción de animales.

- Campañas que fomenten la esterilización de animales, para evitar abandonos.

Requisitos:

- Estar legalmente constituidas como tales e inscritas en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Gijón.

- No estar incursas las personas jurídicas o las entidades o las personas que ostentan la representación legal de las mismas, en alguno de los supuestos de prohibición para obtener la condición de beneficiario de subvenciones por incapacidad o incompatibilidad.

- Encontrarse al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social y con la Administración Tributaria, y no ser deudor del Ayuntamiento de Gijón, sus organismos Autónomos y Entidades de derecho público dependientes del mismo, por cualquier tipo de deuda de derecho público vencida líquida y exigible por vía de apremio.

- Con la presentación de la solicitud de Subvención, el interesado podrá de forma expresa autorizar al Ayuntamiento a consultar la información correspondiente de la Agencia Tributaria Estatal y Autonómica y de la Seguridad Social.

- Tener debidamente justificados los gastos correspondientes a subvenciones concedidas con anterioridad por el Ayuntamiento de Gijón.

- Acompañar a la solicitud la documentación que se detalla en la Base IV de esta Convocatoria.

- No haber recibido ninguna otra aportación económica del Ayuntamiento de Gijón, que financie la actividad.

Documentos asociados

Boletín: 27/06/2013
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 148
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento