Subvenciones para asociaciones, federaciones y confederaciones más representativas de empresa y comercio para realizar en el 2026 actuaciones que apoyen el producto de proximidad y el pequeño comercio de la isla de Mallorca.

Código de ayuda:

S14728/26

Plazo de Solicitud:

Hasta el 27 de junio de 2026.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 80.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvencionar los proyectos y actividades que contribuyan a la dinamización del comercio tradicional y el producto de proximidad, involucrando colectivamente en diferentes comercios y empresas locales. Concretamente, las actividades subvencionables tendrán que consistir en la organización de premios y/o de concursos de cocina con producto local, la organización de ferias que den salida al stock de los comercios y empresas locales, la realización de proyectos que acerquen el comercio local a los más jóvenes fomentando el relevo generacional, la ejecución de campañas de buenos de comercio o cualquier otro proyecto de naturaleza parecida.

Categorías Subvención

  • Comercio

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Mallorca (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo que podrá recibir cada una de las entidades beneficiarias para financiar la totalidad de los proyectos presentados, será, inicialmente de 80.000€.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas

Detalle beneficiarios:

Asociaciones, federaciones y confederaciones

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán actuaciones subvencionables las que en todo caso se entiendan como de gasto corriente a efectos presupuestarios.

Se considerarán acontecimientos subvencionables todos aquellos que contribuyan a alguna de las finalidades siguientes:- Dar visibilidad al producto de proximidad y al comercio tradicional y de proximidad (campañas de dinamización del comercio, de publicidad, concursos o acontecimientos de promoción del producto).- Incrementar las ventas de los establecimientos tradicionales y de proximidad o del producto de proximidad de Mallorca (Jornadas de venta de stock, ferias de venta de producto, campañas de descuentos por compra...).- Incentivar el relevo generacional (Campañas de concienciación dirigidas a los más jóvenes, concursos de redacciones sobre el comercio o la empresa familiar dirigidos a los estudiantes de secundaria o bachillerato, jornadas o charladas sobre comercio dirigidas a los más jóvenes).

Requisitos:

a. Llevar a cabo la actividad subvencionada que fundamenta la concesión de la subvención.

b. Justificar la realización de la actividad, como también el cumplimiento de los requisitos y de las condiciones que determinen la concesión de la subvención.

c. Someterse en cualquier momento del desarrollo de la actividad a las actuaciones de seguimiento y evaluación técnica que efectúe el personal de la Sección/Servicio de Promoción Económica del Consejo de Mallorca, a las de control financiero que corresponden a la Intervención General y a las previstas en la legislación de la Sindicatura de Cuentas, y aportar toda la información que le sea requerida en el ejercicio de estas actuaciones.

d. Comunicar al Consejo de Mallorca la solicitud o la obtención de otras subvenciones para el mismo proyecto de cualquier administración o entidad pública o privada, nacional o internacional.

e. Acreditar, antes de dictar la propuesta la resolución definitiva, que está al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social ante la Administración del Estado, y de las obligaciones tributarias ante la Hacienda del Consejo de Mallorca.

f. Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos percibidos, con inclusión de los documentos electrónicos, mientras puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.

g. Reintegrar los fondos percibidos en los supuestos previstos legalmente.

h. Llevar a cabo las medidas de difusión, de acuerdo con el artículo 15 del OGS.

Documentos asociados

Boletín: 26/05/2026
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 66
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento