Subvenciones para apoyar la organizacion de ferias y festivales de musica, artes escenicas, artes visuales, audiovisual y literatura que se realicen en las Illes Balears.- Convocatoria 2014.- Modificación de la ayuda.

Código de ayuda:

S00646/13

Norma:

Resolución de día 18 de diciembre de 2012. Orden de 1 de julio de 2009. Resolución de 20 de diciembre de 2013. Resolución de día 16 de julio de 2014.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de octubre de 2014.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Apoyar la organización de ferias y festivales de carácter nacional o internacional, que se realicen en el territorio de las Illes Balears en los que se fomente la música, las artes escénicas, las artes plásticas o la literatura de las Illes Balears durante el período comprendido entre los días 1 de diciembre de 2013 y 30 de noviembre de 2014.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Instituto de Estudios Baleáricos (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo anual que se concede por solicitante es de veinte mil euros (20.000€).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas y jurídicas privadas, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, a pesar de no contar con personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos o las actividades que estén en la situación que motiva la concesión de la subvención.

También pueden solicitar subvenciones en calidad de beneficiarios las entidades de la administración local de las Illes Balears y los organismos públicos que dependen de ellas cuando entre sus objetivos y finalidades se encuentre la cultura en general, o determinados aspectos culturales en particular.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Producción de ferias y festivales de los ámbitos anteriormente citados. Se incluyen los gastos imputables a la producción de los acontecimientos. Se excluyen las dietas de todo tipo y los honorarios del organizador.

b) Invitación a programadores, críticos y agentes culturales.

Se incluyen los gastos de transporte y estancia derivados de la invitación a programadores, críticos y agentes culturales.

Se excluyen las dietas de todo tipo y los honorarios del organizador.

Documentos asociados

Boletín: 11/07/2009
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Boletín: 24/07/2014
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 100
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