Subvenciones para apoyar la organizacion de ferias, festivales y jornadas de formacion dentro del ambito de la cultura que se realicen en las Illes Balears durante el año 2015.

Código de ayuda:

S01300/15

Norma:

Resolución de 8 de enero de 2015. Orden de 1 de julio de 2009.

Plazo de Solicitud:

Plazo suspendido el 30 de junio de 2015.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Dar apoyo a la organización de ferias y festivales de carácter nacional o internacional, que se realicen en el territorio de las Illes Balears, en las que se fomenten la música, las artes escénicas, las artes visuales, el audiovisual o la literatura de las Illes Balears, así como a encuentros, jornadas de profesionales del mundo de la cultura, durante el periodo comprendido entre los días 1 de diciembre de 2014 y 30 de noviembre de 2015.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Corporaciones Locales
  • Formación

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Instituto de Estudios Baleáricos (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo anual que se concede por solicitante es de veinte mil euros (20.000,00 €).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas y jurídicas privadas, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, a pesar de no tener personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos o las actividades que estén en la situación que motiva la concesión de la subvención.

También pueden solicitar subvenciones en calidad de beneficiarios las entidades de administración local de las Illes Balears y los organismos públicos que dependen cuando, entre sus objetivos y finalidades, esté la cultura en general, o determinados aspectos culturales en particular.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Producción de ferias y festivales de los ámbitos mencionados. Se incluyen los gastos imputables a la producción de los acontecimientos.

b) Apoyo a encuentros, jornadas de profesionales del mundo de la cultura.

c) Invitación a programadores, críticos y agentes culturales.

Se incluyen los gastos de transporte y derivados de la invitación a programadores, críticos y agentes culturales.

Requisitos:

No pueden optar a estas subvenciones en calidad de beneficiarios todos aquellos que cumplan alguno de los supuestos previstos en el artículo 10 del Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.

No pueden optar aquellos que obtengan una ayuda por el mismo concepto de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades del Gobierno de las Illes Balears.

Documentos asociados

Boletín: 11/07/2009
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 100
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 10/01/2015
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 6
Documento: Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 30/06/2015
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 95
Documento: Suspensión Ayudas 2015 Descargar Documento