Subvenciones para apoyar la movilidad en la proyección exterior de las actividades que promuevan las diferentes manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial de las Illes Balears el 2026

Código de ayuda:

S09982/26

Norma:

Orden 40/2024, de 13 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de junio de 2026.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta convocatoria tiene como objeto contribuir a la proyección exterior y ofrecer apoyo económico a la movilidad de las entidades sin ánimo de lucro de las Illes Balears que lleven a cabo actividades que den a conocer, fomenten, difundan y promuevan las diferentes manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial de las Illes Balears, que se concretan, en particular, en los ámbitos expuestos en el artículo 3 de la Ley 18/2019, de 8 de abril, de salvaguarda del patrimonio cultural inmaterial de las Illes Balears, durante el periodo comprendido entre los días 1 de octubre de 2025 y 30 de septiembre de 2026, para fomentar el intercambio y la relación entre Mallorca, Menorca, Eivissa y Formentera, y entre las Illes Balears y el resto del territorio del Estado español y el exterior.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Turismo, Cultura y Deportes (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarias de la subvención a la movilidad las asociaciones, fundaciones o cualquier otra entidad privada sin ánimo de lucro, que lleven a cabo la actividad subvencionada, o quien las representa, independientemente de su residencia fiscal, siempre que la finalidad de la subvención sea dar a conocer, fomentar, difundir y promocionar el patrimonio cultural inmaterial de las Illes Balears o sus portadores y su obra.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) El desplazamiento y estancia de personas y personal técnico para llevar a cabo actividades o actuaciones en directo fuera de la isla de residencia.
b) El desplazamiento y estancia de personas para participar en ferias, festivales, mercados populares y tradicionales, jornadas, presentaciones, muestras, encuentros, simposios, congresos, con o sin actuación en directo, fuera de la isla de residencia.
c) El desplazamiento y estancia de los representantes de las entidades para participar en ferias, festivales, mercados populares y tradicionales, jornadas, presentaciones, muestras, encuentros, simposios, congresos, sin actuación en directo o estand de promoción fuera de la isla de residencia.
d) El desplazamiento y estancia de personas relacionadas con el ámbito del patrimonio cultural inmaterial para participar en estancias de formación o residencias culturales fuera de la isla de residencia.
e) El desplazamiento y estancia de personas relacionadas con el ámbito del patrimonio cultural inmaterial para participar en concursos y audiciones fuera de la isla de residencia.

Documentos asociados

Boletín: 19/12/2024
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 166
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
Boletín: 31/03/2026
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 41
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento