Subvenciones para alimentacion en centros escolares.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S09728/12

Norma:

Pamplona, 13 de marzo de 2012.

Plazo de Solicitud:

El plazo de presentación abarcará todo el plazo de vigencia de la misma.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvencionar a las familias a fin de que puedan compatibilizar sus responsabilidades familiares, sociales y laborales.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Ayuntamiento de Pamplona (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La alimentación en centros escolares por razones de conciliación de vida laboral, familiar y socio‑personal para el año 2012.

Requisitos:

1.Tener vecindad efectiva y encontrarse empadronadas, con un mínimo de 6 meses de antigüedad, en Pamplona (padre, madre, pareja de hecho o tutores y los niños/as) y mientras se perciba la ayuda. En cuanto a los niños se exceptuará el requisito de los 6 meses de antigüedad en el empadronamiento en aquéllos que se incorporan al comedor escolar procedentes del proceso de reagrupamiento familiar.

2.Haber solicitado las ayudas/recursos existentes para los mismos conceptos en otros ámbitos de la Administración a tal efecto.

Los niños/as con necesidades educativas especiales escolarizados en centros ordinarios deben solicitar al MEC en la convocatoria correspondiente y si se encuentran en un Centro de Educación especial también la correspondiente del Dpto. de Educación de G.N. Estas becas son incompatibles con la presente convocatoria y por lo tanto no procede su solicitud.

3.Tener a su cargo:

a) Niños/as escolarizados en el curso 2011/12 en los niveles de enseñanza:

(Segundo ciclo de Educación Infantil y Educación Primaria)

b) Matriculados/as en un Centro escolar Público o Privado concertado.

4. Manifestar y tener necesidad de hacer uso del comedor escolar por alguna de las situaciones expresadas en los puntos 2.1.1., 2.1.2 y 2.1.3.

5. Contar con unos ingresos familiares por todos los conceptos inferiores a los establecidos en las tablas económicas de referencia de estas Bases, conforme a la unidad familiar de convivencia y a los conceptos considerados para su cálculo, contemplados en la tabla del apartado 9 de estas bases.

6. Se denegarán las solicitudes de aquellas familias cuyo patrimonio familiar sea superior a 35.000 € exceptuando la vivienda habitual.

7. Estas ayudas son incompatibles con las ayudas de comedor escolar para familias numerosas del Ayuntamiento de Pamplona.

Documentos asociados

Boletín: 26/03/2012
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 59
Documento: Convocatoria 2012. Descargar Documento
Boletín: 26/03/2012
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 59
Documento: Bases y Anexos. Descargar Documento