Subvenciones para alimentacion en centros escolares.- Convocatoria 2012.
Código de ayuda:
S09728/12Norma:
Pamplona, 13 de marzo de 2012.Plazo de Solicitud:
El plazo de presentación abarcará todo el plazo de vigencia de la misma.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Subvencionar a las familias a fin de que puedan compatibilizar sus responsabilidades familiares, sociales y laborales.Categorías Subvención
Educación y Ciencia
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ayuntamiento de Pamplona (Navarra)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas que cumplan los requisitos establecidos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La alimentación en centros escolares por razones de conciliación de vida laboral, familiar y socio‑personal para el año 2012.Requisitos:
1.Tener vecindad efectiva y encontrarse empadronadas, con un mínimo de 6 meses de antigüedad, en Pamplona (padre, madre, pareja de hecho o tutores y los niños/as) y mientras se perciba la ayuda. En cuanto a los niños se exceptuará el requisito de los 6 meses de antigüedad en el empadronamiento en aquéllos que se incorporan al comedor escolar procedentes del proceso de reagrupamiento familiar.2.Haber solicitado las ayudas/recursos existentes para los mismos conceptos en otros ámbitos de la Administración a tal efecto.
Los niños/as con necesidades educativas especiales escolarizados en centros ordinarios deben solicitar al MEC en la convocatoria correspondiente y si se encuentran en un Centro de Educación especial también la correspondiente del Dpto. de Educación de G.N. Estas becas son incompatibles con la presente convocatoria y por lo tanto no procede su solicitud.
3.Tener a su cargo:
a) Niños/as escolarizados en el curso 2011/12 en los niveles de enseñanza:
(Segundo ciclo de Educación Infantil y Educación Primaria)
b) Matriculados/as en un Centro escolar Público o Privado concertado.
4. Manifestar y tener necesidad de hacer uso del comedor escolar por alguna de las situaciones expresadas en los puntos 2.1.1., 2.1.2 y 2.1.3.
5. Contar con unos ingresos familiares por todos los conceptos inferiores a los establecidos en las tablas económicas de referencia de estas Bases, conforme a la unidad familiar de convivencia y a los conceptos considerados para su cálculo, contemplados en la tabla del apartado 9 de estas bases.
6. Se denegarán las solicitudes de aquellas familias cuyo patrimonio familiar sea superior a 35.000 € exceptuando la vivienda habitual.
7. Estas ayudas son incompatibles con las ayudas de comedor escolar para familias numerosas del Ayuntamiento de Pamplona.
Documentos asociados
Boletín:
26/03/2012
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 59
Documento: Convocatoria 2012. Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 59
Documento: Convocatoria 2012. Descargar Documento
Boletín:
26/03/2012
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 59
Documento: Bases y Anexos. Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 59
Documento: Bases y Anexos. Descargar Documento