Subvenciones para adaptar las plataformas elevadoras o ascensores de velocidad hasta 0,15 m/s.

Código de ayuda:

S39800/17

Norma:

ORDEN EMC/170/2017, de 26 de julio. RESOLUCIÓN EMC/1707/2018, de 16 de julio.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de septiembre de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer los requisitos de acceso y concesión de subvenciones para adaptar las plataformas elevadoras o ascensores de velocidad inferior a 0,15 m/s de uso para el transporte vertical de personas y adecuarlos al Real decreto 1644/2008, de 10 de octubre, por el que se establecen las normas para la comercialización y puesta en servicio de las máquinas.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Empresa y Conocimiento (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las unidades familiares o de convivencia que tengan entre sus
miembros alguna persona con movilidad reducida, dispongan de un bajo nivel de renta y tengan su domicilio
habitual en la vivienda donde se encuentre ubicada la plataforma elevadora o ascensor objeto de la reforma
cuyo uso es imprescindible para el desarrollo de su vida cotidiana.

Documentos asociados

Boletín: 31/07/2017
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7423
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 20/07/2018
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7668
Documento: Convocatoria 2018 Descargar Documento