Subvenciones, para actuaciones de eficiencia energética y economía circular en empresas turísticas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea NextGenerationEU y se aprueba la primera convocatoria para 2025.
Código de ayuda:
S24373/25Norma:
DECRETO 82/2025, de 15 de julio.Plazo de Solicitud:
Hasta el 30 de septiembre de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Concesión de ayudas para la financiación de proyectos de inversión en la mejora de la eficiencia energética y economía circular de las empresas turísticas de Extremadura con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, aprobado mediante Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021, para el año 2025.Categorías Subvención
Inversiones Materiales y Equipos
Medio Ambiente y Energía
Turismo y Hostelería
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Cultura, Turismo, Jovenes y Deportes (Extremadura)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía máxima de la subvención será:a) 45 % (IVA excluido) de la inversión aceptada cuando el solicitante tenga la consideración de gran empresa.
b) 55 % (IVA excluido) de la inversión aceptada cuando el solicitante tenga la consideración de mediana empresa.
c) 65 % (IVA excluido) de la inversión aceptada cuando el solicitante tenga la consideración de pequeña empresa.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Podrán ser personas beneficiarias cualesquiera de los sujetos que se enumeran a continuación:a) Las personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada que sean propietarias y explotadoras de establecimientos destinados a empresas turísticas o a balnearios.
b) Las personas físicas o jurídicas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de establecimientos destinados a empresas turísticas o a balnearios que acrediten dicha condición mediante contrato vigente que los faculte de forma expresa para acometer aquellas actuaciones para las que se solicita la subvención.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las actuaciones subvencionables deben encuadrarse en una o varias de las siguientes tipologías:a) Proyectos de mejora de eficiencia energética
b) Mejoras en las instalaciones y equipos
c) Digitalización, Automatización, control y gestión de edificios
Requisitos:
1. Cuando las personas solicitantes de las subvenciones sean personas físicas, deberán poseer la nacionalidad española o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo o Suiza. En el caso de extranjeros no comunitarios, deberán tener su domicilio fiscal y centro operativo permanente en España y mantenerlos, al menos, durante el periodo de prestación de las actividades objeto de subvención.2. Cuando las personas solicitantes sean personas jurídicas, deberán acreditar que se encuentran debidamente constituidas, conforme a la normativa que les resulte de aplicación. La actividad para la que se solicita subvención deberá tener cabida dentro del objeto o fines sociales de la misma.
3. Cuando se trate de agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas sin personalidad, deberán hacerse constar expresamente, tanto en la solicitud como en la resolución de concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarios. En cualquier caso, deberá nombrarse un representante o apoderado único de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación. No podrá disolverse la agrupación hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción
previsto en los artículos 45 y 70 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
4. Quedan excluidas de este régimen de ayudas las empresas públicas, las participadas mayoritariamente por estas y las entidades de derecho público, cualquiera que sea la forma que adopten, y las participadas mayoritariamente por estas.
Documentos asociados
Boletín:
30/07/2025
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 146
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 146
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 Descargar Documento
Boletín:
30/07/2025
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 146
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 146
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento