Subvenciones para actuaciones de desarrollo y de marketing turístico realizadas por asociaciones turísticas, entidades locales y consorcios turísticos de Navarra durante el año 2026.

Código de ayuda:

S13628/26

Norma:

ORDEN FORAL 78E/2026, de 11 de abril.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 2 de junio de 2026.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvenciones a las asociaciones turísticas, entidades locales y consorcios turísticos, en relación con las actuaciones que realizan dichas entidades en materia organización de eventos, programas de visitas o actividades guiadas, asistencia a ferias, acciones de promoción y comunicación. Se tiene igualmente en consideración las acciones de asociaciones y consorcios de difusión de servicios y proyectos de la Dirección General de Turismo y de otras acciones de gestión turística.

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Corporaciones Locales
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Consejería de Cultura, Deporte y Turismo (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La subvención por gastos de gestión de asociaciones será de un 20%.
–Cuando superen los 20.000 euros: 1.500 euros.
–Entre 10.000 y 20.000 euros: 500 euros.

La subvención por gastos de gerencia de consorcios será de un 70%.
–Cuando superen los 130.000 euros: 8.000 euros.
–Entre 130.000 euros y 100.000 euros: 3.000 euros.
–Menos de 100.000 euros: 1.500 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Entidades locales y consorcios.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

A) Eventos.

B) Programas de visitas y/o actividades guiadas o experiencias.

C) Asistencia a ferias y presentaciones turísticas.

D) Promoción y comunicación.

E) Gestión de asociaciones turísticas y gerencia de consorcios turísticos.

Requisitos:

1) No estar incursos en las prohibiciones para obtener la condición de entidad beneficiaria del artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

2) No estar cumpliendo sanciones administrativas firmes ni una sentencia firme condenatoria, por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género o, en su caso, no estar pendiente de cumplimiento de sanción o sentencia impuesta por dichos motivos.

3) El cumplimiento de los requisitos generales se acreditará mediante la declaración responsable que se incluye en el formulario de solicitud.

Documentos asociados

Boletín: 11/05/2026
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 90
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 Descargar Documento