Subvenciones para actuaciones de desarrollo y de marketing turístico realizadas por asociaciones turísticas, entidades locales y consorcios turísticos de Navarra durante el año 2026.
Código de ayuda:
S13628/26Norma:
ORDEN FORAL 78E/2026, de 11 de abril.Plazo de Solicitud:
Hasta el 2 de junio de 2026.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Subvenciones a las asociaciones turísticas, entidades locales y consorcios turísticos, en relación con las actuaciones que realizan dichas entidades en materia organización de eventos, programas de visitas o actividades guiadas, asistencia a ferias, acciones de promoción y comunicación. Se tiene igualmente en consideración las acciones de asociaciones y consorcios de difusión de servicios y proyectos de la Dirección General de Turismo y de otras acciones de gestión turística.Categorías Subvención
Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
Corporaciones Locales
Turismo y Hostelería
Localización del organismo gestor
NavarraConvoca:
Consejería de Cultura, Deporte y Turismo (Navarra)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La subvención por gastos de gestión de asociaciones será de un 20%.–Cuando superen los 20.000 euros: 1.500 euros.
–Entre 10.000 y 20.000 euros: 500 euros.
La subvención por gastos de gerencia de consorcios será de un 70%.
–Cuando superen los 130.000 euros: 8.000 euros.
–Entre 130.000 euros y 100.000 euros: 3.000 euros.
–Menos de 100.000 euros: 1.500 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Entidades locales y consorcios.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
A) Eventos.B) Programas de visitas y/o actividades guiadas o experiencias.
C) Asistencia a ferias y presentaciones turísticas.
D) Promoción y comunicación.
E) Gestión de asociaciones turísticas y gerencia de consorcios turísticos.
Requisitos:
1) No estar incursos en las prohibiciones para obtener la condición de entidad beneficiaria del artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.2) No estar cumpliendo sanciones administrativas firmes ni una sentencia firme condenatoria, por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género o, en su caso, no estar pendiente de cumplimiento de sanción o sentencia impuesta por dichos motivos.
3) El cumplimiento de los requisitos generales se acreditará mediante la declaración responsable que se incluye en el formulario de solicitud.
Documentos asociados
Boletín:
11/05/2026
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 90
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 90
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 Descargar Documento
