Subvenciones para actividades relacionadas con la participacion ciudadana.

Código de ayuda:

S24028/10

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 14/05/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocatoria de subvenciones del primer semestre de 2010 para actividades relacionadas con la participación ciudadana, que se concederán en régimen de concurrencia competitiva, y cuyo órgano gestor es la Concejalía de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Torrelavega.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Ayuntamiento de Torrelavega (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de la subvención que se conceda a cada asociación o entidad no podrá superar los quinientos (500,00) euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones vecinales o cualquier otra asociación o entidad que esté legalmente constituida, carezcan de ánimo de lucro, tengan su domicilio social en el municipio de Torrelavega, y estén inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrán ser objeto de subvención los proyectos, actividades y programas de carácter social, de fomento de la participación ciudadana, de integración y convivencia vecinal. También podrán ser subvencionados los proyectos de carácter lúdico o recreativo, siempre que no puedan ser objeto de subvención por la Concejalía de Cultura, Educación y Festejos, que tengan como fin la promoción de la actividad de fomento de la convivencia, de la integración y de la participación ciudadana, y que se consideren acordes con la planificación general municipal en esta materia.

A los efectos previstos en esta convocatoria, se consideran gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, y se realicen en el plazo fijado en estas bases. El coste de adquisición de los gastos subvencionables nunca podrá ser superior al valor de mercado.

Documentos asociados

Boletín: 14/04/2010
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 70
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento