Subvenciones para actividades musicales profesionales.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S32455/11

Norma:

ORDEN de 18 de mayo de 2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 06/07/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La promoción de la música mediante la concesión de ayudas a proyectos para la realización de las siguientes actividades profesionales: Composición musical, Edición impresa de partituras musicales, Proyectos musicales unitarios e Iniciativas musicales empresariales.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Cultura y Política Lingüística (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas solicitantes que cumplan los requisitos a la fecha del cierre del plazo de presentación de solicitudes.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1.- Composición musical.

2.- Edición impresa de partituras musicales.

3.- Proyectos musicales unitarios.

4.- Iniciativas musicales empresariales.

Requisitos:

a) Modalidad de composición musical:

Personas físicas, nacidas en el País Vasco, o con vecindad administrativa en el territorio de la Comunidad
Autónoma de Euskadi a la fecha en que surta efectos la presenta convocatoria.

b) Para el resto de modalidades será imprescindible el cumplimiento de los dos siguientes requisitos:

b.1.– Ser personas físicas o jurídico- privadas empadronadas o cuya sede social se ubique en la Comunidad
Autónoma de Euskadi, o en caso contrario, que el proyecto presentado contemple el apoyo a la producción o difusión de obras de músicos nacidos o residentes en el País Vasco. Respecto a este requisito, no se tomarán en cuenta solicitudes presentadas bajo la forma de «Comunidad de bienes».

b.2.– Estar dado de alta en el correspondiente epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas y en el caso de las personas jurídicas tener un objeto o fin social acorde con el desarrollo de actividades musicales.

b.3.– Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

Documentos asociados

Boletín: 06/06/2011
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 106
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento