Subvenciones para actividades musicales profesionales.

Código de ayuda:

S41682/09

Norma:

ORDEN de 30 de abril de 2009.

Plazo de Solicitud:

Un mes excepto para las giras musicales, que permanecerá abierto hasta el 5 de septiembre de 2009.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La regulación de las condiciones de otorgamiento de subvenciones para actividades musicales profesionales que se lleven a cabo durante el ejercicio 2009 o bien, en algunas de las modalidades, las que se desarrollen entre 2009 y 2010.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Cultura y Política Lingüística (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe global del crédito destinado a financiar las ayudas que se conceden al amparo de esta Orden es de cuatrocientos treinta y nueve mil euros (439.000,00), el cual se distribuirá de la siguiente manera:
a) treinta y cuatro mil euros (34.000,00) para composición musical; b) treinta mil euros (30.000,00) para la edición impresa de partituras. c) cien mil euros (100.000,00) para producción musical; d) ciento sesenta
y cinco mil euros (165.000,00) para giras musicales; e) cien mil euros (100.000,00) para proyectos empresariales de difusión y f ) diez mil euros (10.000,00) para la participación en ferias musicales.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

– Modalidad de composición musical:
Personas físicas, nacidas en el País Vasco, o con vecindad administrativa en el territorio de la Comunidad
Autónoma de Euskadi a la fecha en que surta efectos la presenta convocatoria.

– Para el resto de modalidades será imprescindible el cumplimiento de los dos siguientes requisitos:
a) Ser personas físicas o jurídico-privadas, cuyo domicilio o sede social se ubique en la Comunidad Autónoma de Euskadi o, en caso contrario, que el proyecto presentado contemple el apoyo a la producción o difusión de obras de músicos nacidos o residentes en el País Vasco.
Respecto a este requisito, no se tomarán en cuenta solicitudes presentadas bajo la forma de «Comunidad
de bienes».
b) Estar dado de alta, a la fecha del cierre del plazo de presentación de solicitudes, en el correspondiente
epígrafe del impuesto de actividades económicas y en el caso de las personas jurídicas tener un objeto o fin social acorde con el desarrollo de actividades musicales.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Ayudas a proyectos de composición musical.

b) Ayudas a la edición impresa de partituras musicales.

c) Ayudas a proyectos de producción musical.

d) Ayudas a giras musicales.

e) Ayudas a proyectos empresariales de difusión musical.

Documentos asociados

Boletín: 27/05/2009
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 99
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento