Subvenciones para actividades deportivas organizadas por los AMPAS de los colegios de primaria, institutos de enseñanza secundaria y colegios con niños con necesidades educativas especiales del municipio de Torrelavega año 2010.
Código de ayuda:
S06346/10Norma:
Ayuntamiento de Torrelavega.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 10/03/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer el conjunto de condiciones requeridas y el procedimiento a seguir para solicitar, tramitar, conceder, justificar y cobrar las subvenciones que otorgue el Instituto Municipal de Deportes del Ecmo. Ayuntamiento de Torrelavega con destino a la organización de actividades físicas y deportivas de los centros educativos no universitarios, respetando las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal, la normativa de subvenciones destinadas a actividades deportivas y las prescripciones de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria ya la Ordenanza General reguladora de las subvenciones en el municipio de Torrelavega, publicada en el BOC, con fecha 24/07/08.
Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Asociacionismo y Voluntariado
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ayuntamiento de Torrelavega (Cantabria)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las AMPA de colegios, institutos y colegios con niños con necesidades educativas especiales ubicados en el municipio de Torrelavega, así como las agrupaciones deportivas vinculadas a éstas y encargadas del deporte o actividades físicodeportivas extraescolares del centro. Serán requisitos necesarios los siguientes:- Que se encuentren legalmente constituidas e inscritas en los registros pertinentes disponiendo de correspondiente C.I.F.
- Que disponga de una sede social que se halle en el municipio de Torrelavega, o disponga en éste de, al menos, un local con actividad permanente y se encuentre inscrita en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Torrelavega.
- Cuando se trate de asociaciones sin ánimo de lucro no domiciliadas en Torrelavega, y su actuación
vaya a realizarse en este municipio, deberá acreditarse la existencia de una vinculación con este municipio bien mediante la acreditación de la afiliación de la menos 15 vecinos o bien mediante cualquier otro medio que acredite esta vinculación.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Serán subvencionables, con cargo a la presente convocatoria, las siguientes actividades:- Los proyectos, de actividades físico deportivas, organizadas por la AMPA del colegio, o agrupación deportiva vinculada a ésta, siempre con actividades físico-deportivas que sean de interés para el I.M.D.
- El fomento y organización de las actividades físico-deportivas dentro de la comunidad escolar. Estas actividades deben ser extraescolares y realizadas en el propio centro principalmente, dejando abierta la posibilidad de realización de actividades fuera del mismo, en instalaciones públicas o al aire libre, y que sean de interés para el I.M.D.
- La promoción de la actividad física y el deporte, como parte de la educación integral y desarrollo físico de los escolares, tanto con la participación en campeonatos escolares, como en las actividades extraescolares y juegos organizados por la Consejería de deportes, como en el aspecto de deporte para todos, o campañas deportivas organizadas por el propio I.M.D, o Ayto. de Torrelavega y otras asociaciones de la ciudad.
- El fomento de actividades que junto con la oferta de las Escuelas Deportivas Municipales y Actividades
Deportivas Municipales, complementen la formación deportiva de los niños en edad escolar.
- Las actividades que tengan como fin la promoción de la actividad física deportiva que se consideren
acorde con la planificación general municipal y que se ejecuten en instalaciones, centros o servicios ubicados en el Municipio de Torrelavega.
- Aquellas actividades donde cuenten con el apoyo del profesorado del centro en la realización de las propias actividades y del proyecto. La percepción de esta subvención es compatible con cualesquiera otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de organismos públicos o privados, sin que el importe total de las ayudas recibidas pueda superar el coste de la actividad subvencionada.
Documentos asociados
Boletín:
04/02/2010
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 23
Documento: Bases, Convoctoria 2010 y Anexos Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 23
Documento: Bases, Convoctoria 2010 y Anexos Descargar Documento