Subvenciones para actividades de difusion y promocion del sector de las artes visuales de caracter profesional en Cataluña.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S02564/12

Norma:

RESOLUCION CLT/26/2012, de 16 de enero. RESOLUCIÓN CLT/252/2012, de 9 de febrero

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 02/07/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Abrir convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para
actividades de difusión y promoción del sector de las artes visuales de carácter profesional en Cataluña.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Instituto Catalán de las Empresas Culturales (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las empresas constituidas como galerías de arte, domiciliadas en Cataluña o nacionales de un estado miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo con establecimiento operativo en Cataluña que tengan en proyecto llevar a cabo o hayan realizado alguna de las actividades que prevén estas bases.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actividades de difusión y promoción del sector de las artes visuales de carácter profesional.

Requisitos:

a) La lengua utilizada en la realización del proyecto deberá ser, como mínimo, el catalán.

b) Las propuestas que hagan referencia a publicaciones deberán prever una tirada mínima de 500 ejemplares.

c) En el caso de galerías de arte de la ciudad de Barcelona que opten a estas subvenciones, tendrán que acreditar una actividad continuada durante el año de concesión de la subvención y la presentación de cinco exposiciones diferentes, como mínimo, durante el año de concesión de la subvención y el mismo número durante el año anterior. En el caso de galerías de otros municipios que opten a estas subvenciones, tendrán que acreditar una actividad continuada durante seis meses el año de concesión de la subvención, como mínimo, y la presentación de tres exposiciones diferentes, como mínimo, durante el año de concesión de la subvención y el mismo número durante el año anterior.

d) Las propuestas de edición de catálogos de galerías de arte deberán ir siempre asociadas a actividades que formen parte de su programación.

Documentos asociados

Boletín: 24/01/2012
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6051
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 23/02/2012
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6073
Documento: Convocatoria 2012. Descargar Documento