Subvenciones para actividades culturales.

Código de ayuda:

S22164/08

Norma:

Orden CUL/23/2008, de 17 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 17/04/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto el establecimiento de las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones para las actividades culturales que se desarrollen en el año 2008, a través de proyectos o programas que tengan continuidad en el tiempo y/o actividades concretas y puntuales, quedando excluidas las meramente lúdicas o recreativas.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Cultura, Turismo y Deportes (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Los criterios para la determinación de la cuantía de las subvenciones son:

- La cuantía de la subvención que se conceda, en cada caso, no superará el 100% del coste de la actividad subvencionada, y en ningún caso la cantidad de 30.000 euros.
- La cuantía de la subvención será proporcional a la puntuación obtenida.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones todas las asociaciones y fundaciones de carácter cultural, inscritas en el correspondiente Registro de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia y Justicia del Gobierno de Cantabria, que se dediquen especialmente a actividades relacionadas con el fomento de las artes y la cultura.

En ningún caso podrán adquirir la condición de beneficiario:
a) Quienes se hallaren en alguna de las circunstancias detalladas en el artículo 12, apartados 2 y 3, de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
b) Quienes sean beneficiarios de una subvención nominativa para la misma actividad en la Ley de Cantabria 6/2007, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2008, en las partidas correspondientes a la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán gastos subvencionables los que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, y se realicen y paguen dentro del año 2008.
En ningún caso serán subvencionables los gastos derivados de alojamientos y manutenciones.

Documentos asociados

Boletín: 31/03/2008
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 62
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Solicitud Descargar Documento