Subvenciones para acciones dirigidas a la realización de Proyectos de Voluntariado, y se aprueba la convocatoria de dichas subvenciones para la realización de Proyectos de Voluntariado.

Código de ayuda:

S08928/06

Norma:

ORDEN 478/06, de 17 de marzo de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 19/04/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones a las entidades de iniciativa social, sin ánimo de lucro, que desarrollen proyectos de voluntariado, de acuerdo con las disposiciones establecidas en la Ley 3/1994, de 19 de mayo, de Voluntariado Social de la Comunidad de Madrid.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales (Comunidad de Madrid)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades de iniciativa social, sin ánimo de lucro, que desarrollen proyectos de voluntariado.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los proyectos de voluntariado deberán reunir, al menos, las siguientes características:
a) Fomentar el voluntariado social, promoviendo actividades de sensibilización social.
b) Actuar como dinamizadores de la participación social y favorecer la continuidad del voluntariado en las instituciones.
c) Incorporar actuaciones innovadoras en la promoción del voluntariado y en la aplicación de buenas prácticas que sirvan como referente.
d) Impulsar el trabajo en red incorporando de forma transversal las actuaciones desarrolladas en los diferentes ámbitos del voluntariado.

Podrán subvencionarse los gastos corrientes, excluidos los gastos financieros, que se originen por la realización de los proyectos de voluntariado, derivados de los siguientes conceptos:
— Coste de la contratación laboral del personal técnico.
— Gastos relativos al personal voluntario, de acuerdo a lo estipulado en la Ley 3/1994, de 19 de mayo, del Voluntariado Social en la Comunidad de Madrid.
— Gastos de mantenimiento necesarios para el desarrollo del proyecto.
— Gastos de actividades inherentes a la realización del proyecto.
— Gastos derivados de las actividades de promoción del voluntariado.

Requisitos:

a) Ausencia de fines de lucro.
b) Desarrollo de la totalidad o parte de sus programas de acción social, fundamentalmente, a través de voluntarios.
c) Adecuación a las normas y programación de la Administración.
d) Sometimiento de sus programas y presupuestos al control público.
e) Garantía de democracia interna en la composición de sus órganos de gobierno y en su funcionamiento.
f) Estar inscritas en el Registro de Entidades de Acción Social y Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid y desarrollar las acciones para las que se solicite la subvención en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
g) No tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estén debidamente garantizadas.
h) Hallarse al corriente de las obligaciones fiscales y frente a la Seguridad Social, salvo que estuvieren exoneradas, de acuerdo con la normativa vigente, mediante los correspondientes certificados expedidos por:
1. Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
2. Dirección Provincial de Tesorería General de la Seguridad Social.
i) Las entidades que soliciten subvención con cargo a la presente Orden, deben acreditar no encontrarse incursos en las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiario establecidas en los apartados 2 y 3, del artículo 13, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
j) Contar con un programa de voluntariado para el desarrollo y seguimiento de sus acciones voluntarias, que se especificará en la memoria general de la entidad.

Documentos asociados

Boletín: 30/03/2006
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 76
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento