Subvenciones para acciones de formacion en el sector del transporte publico por carretera en el ambito de la Comunidad Foral de Navarra.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S13455/12

Norma:

RESOLUCIÓN 71/2012, de 5 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/05/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El establecimiento de las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la organización de acciones, jornadas o cursos de formación y perfeccionamiento y para la edición de textos de contenido didáctico, dirigidos a personas relacionadas con el sector de transportes en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, que ayuden a las empresas y a sus trabajadores a mejorar su formación, lo que conllevará mejorar el nivel de calidad de las mismas e incrementará la competitividad del sector del transporte de las empresas radicadas en Navarra y la posibilidad de abrir nuevos mercados especialmente en la Unión Europea.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Formación
  • Transporte

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Dirección General de Transportes (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención que corresponde a las acciones formativas que se realicen es de 40.000 euros.

La organización de acciones, jornadas o cursos de formación al amparo de esta convocatoria podrá obtener una subvención máxima de un 80% del coste de la misma.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones de transportistas y las entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro, legalmente constituidas y domiciliadas en la Comunidad Foral de Navarra.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

A.1.–Profesores o ponentes.

A.2.–Material didáctico.

A.3.–Alquiler de instalaciones.

A.4.–Equipos y útiles de trabajo.

A.5.–Difusión y publicidad de la acción formativa.

A.6.–Costes de edición y distribución de libros y guías didácticas.

Únicamente se considerará subvencionable cuando el número de libros o guías que se edite sea proporcional al número de transportistas de la Comunidad Foral de Navarra al que vaya dirigido.

Requisitos:

No podrán concederse las ayudas a las asociaciones o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 20/04/2012
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 75
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento