Subvenciones para acciones de desarrollo y de marketing turístico realizadas por asociaciones turísticas, entes locales y consorcios turísticos durante el año 2017.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S11791/17

Norma:

RESOLUCIÓN 159E/2017, de 8 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 24 de abril de 2017.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las presentes bases reguladoras tienen por objeto regular el régimen de concesión de subvenciones a las asociaciones turísticas, entes locales y consorcios turísticos, en relación con las acciones que realizan dichas entidades en materia de calidad, organización de eventos o propuestas de dinamización turística, asistencia a ferias, acciones de promoción o comunicación, formación y gestión.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Dirección General de Turismo y Comercio (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

A) Límites en asociaciones turísticas.

Una misma asociación no podrá percibir en concepto de subvenciones para el conjunto de las acciones contempladas en esta convocatoria, exceptuando calidad, más de los siguientes importes:

–30.000 euros para asociaciones de más de 70 integrantes (personas físicas o jurídicas).

–25.000 euros para asociaciones de entre 51 y 70 integrantes (personas físicas o jurídicas).

–20.000 euros para asociaciones de entre 36 y 50 integrantes (personas físicas o jurídicas).

–15.000 euros para asociaciones de entre 21 y 35 integrantes (personas físicas o jurídicas).

–10.000 euros para asociaciones de entre 10 y 20 integrantes (personas físicas o jurídicas).

–6.000 euros para asociaciones de menos de 10 integrantes (personas físicas o jurídicas).

B) Límites en consorcios turísticos.

–Los límites previstos por las acciones de cada epígrafe.

–La subvención máxima por entidad y por todos los conceptos de la convocatoria no podrá ser superior a 125.000 euros.

C) Límites en entidades locales.

–6.000 euros.

A efectos de la presente convocatoria son subvencionables la totalidad de los gastos externos ligados directamente al desarrollo de las acciones previstas en la convocatoria con las especificidades que se marcan en cada apartado. Dichos gastos deberán estar realizados, facturados y abonados entre el 1 de enero de 2017 y el 31 de octubre de 2017, ambos inclusive.

No son subvencionables los gastos correspondientes a personal propio (salvo calidad, gerencia de consorcios turísticos o gestión de asociaciones turísticas) ni los derivados del funcionamiento habitual de la entidad, incluidas dotaciones para amortización de inmovilizado.

Se excluirá el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido en los casos en que éste sea repercutible, es decir, susceptible de recuperación o compensación.

Todos los proyectos y acciones aquí presentadas deberán guardar una relación directa con la asociación, consorcio turístico o entidad local que los promueva y referirse a proyectos o acciones de la misma, acciones que impliquen o repercutan directamente en el conjunto de sus asociados.

Si solo se tuviese en cuenta a una parte de los asociados deberá argumentarse debidamente el interés de la actuación para la asociación no aceptándose en ningún caso acciones de carácter individual.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

a) Los consorcios turísticos con domicilio en Navarra que estén debidamente registrados en el Registro de Turismo de Navarra a 1 de enero de 2017.

Pueden optar a recibir subvención por las acciones que presenten en cualquiera de los epígrafes contemplados en la presente convocatoria.

b) Los entes locales de Navarra que pueden optar a recibir subvenciones por las acciones que planteen bajo los siguientes epígrafes:

–B.b.1. Celebraciones turístico-culturales declaradas de Interés Turístico Nacional.

–B.b.2. Celebraciones o eventos turístico-culturales declarados Fiestas de Interés Turístico de Navarra.

–B.b.3. Propuestas o eventos de dinamización turístico-festiva de clara finalidad y enfoque turístico.

c) Las asociaciones turísticas con domicilio en Navarra que consten debidamente inscritas en el Registro de Turismo de Navarra a 1 de enero de 2017 y que, en función del tipo de componentes de su asociación, pueden optar a recibir subvenciones por unas u otras acciones contempladas en la convocatoria. En este sentido se distinguen las siguientes modalidades de asociaciones turísticas:

–Asociaciones turísticas empresariales, entendiendo por tales aquellas que cuenten con una participación de cuando menos 100 integrantes (personas físicas o jurídicas) titulares de establecimientos registrados
en el Registro de Turismo de Navarra o, en el caso de asociaciones más pequeñas, cuando al menos el 50% de sus integrantes sean titulares de establecimientos o empresas inscritas en el Registro de Turismo de
Navarra.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

A.–Acciones en materia de calidad.

B.–Organización de celebraciones o eventos turísticos.

C.–Asistencia a ferias y presentaciones.

D.–Material de difusión, campañas de publicidad y web.

E.–Acciones de formación.

F.–Gerencia de consorcios.

Documentos asociados

Boletín: 24/03/2017
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 59
Documento: Bases, Convocatoria 2017 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 24/03/2017
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 59
Documento: Convocatoria 2017 (Extracto) Descargar Documento