Subvenciones para Proyectos de Codesarrollo, en el marco del Programa de Cooperacion al Desarrollo, para el ejercicio 2009.
Código de ayuda:
S33046/09Norma:
Decreto de 30 de marzo de 2009.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 25/05/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
La cofinanciación de Proyectos de Codesarrollo que deberán tener como finalidad el desarrollo local de las comunidades de origen de los emigrantes que viven en el municipio de Madrid, potenciando el papel de los migrantes como agentes de desarrollo humano en sus sociedades de origen y destino.En la presente convocatoria cada entidad podrá presentar, independientemente o en agrupación con otras entidades, como máximo, un solo proyecto. La presentación de dos o más proyectos dará lugar a la exclusión de la presente convocatoria.
Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ayuntamiento de Madrid (Comunidad de Madrid)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las entidades que soliciten subvenciones con cargo a la presente convocatoria deberán cumplir a la finalización del plazo de presentación de las mismas los siguientes requisitos:a) Tener personalidad jurídica y capacidad de obrar y estar debidamente inscritas en el Registro de Asociaciones, Fundaciones o cualquier otro de carácter público, como mínimo tres años antes de la publicación de la presente convocatoria, salvo que hayan resultado beneficiarias de estas subvenciones en convocatorias anteriores.
b) No perseguir fines de lucro.
c) Disponer de sede abierta o delegación permanente en el municipio de Madrid, dotada de personal permanente de la entidad, ya sea contratado o voluntario, en la que se desarrolle de forma habitual la actividad de gestión de proyectos, debiendo acreditar ambos extremos documentalmente.
d) Disponer de estructura suficiente para garantizar el cumplimiento de sus fines sociales, según la Memoria de la entidad, y poder acreditar la experiencia y la capacidad operativa que resulten necesarias para el logro de los objetivos propuestos en el proyecto.
e) Estar al día en las cotizaciones a la Seguridad Social y en las obligaciones tributarias, de carácter estatal y local, según lo dispuesto en la legislación vigente.
f) Los determinados en el artículo 13 de la LGS.
Estos requisitos deberán mantenerse durante todo el proceso administrativo, dando cuenta documental de las modificaciones que pudieran surgir a lo largo de él, debiendo acreditarse documentalmente, de acuerdo a lo solicitado en el artículo 5.2 de esta convocatoria.
Podrán acceder a la condición de beneficiario las agrupaciones de entidades sin ánimo de lucro que puedan llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos o se encuentren en la situación que motiva la concesión de la subvención.
En tal caso, todas las entidades participantes deberán cumplir los requisitos establecidos para las entidades individuales solicitantes.
No podrá disolverse la agrupación hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción de cuatro años previsto en los artículos 39 y 65 de la LGS.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Para el Ayuntamiento de Madrid, los objetivos específicos de la presente convocatoria son los siguientes:— Ofrecer medios y recursos para que se pueda aprovechar de forma óptima el considerable potencial de desarrollo local de los migrantes y de los flujos migratorios.
— Favorecer relaciones de cooperación entre las comunidades de origen de las migraciones y la ciudad de Madrid, para promover su desarrollo mediante un nuevo marco de actuación para todas aquellas entidades, inmigrantes y autóctonas, interesadas en ello.
— Impulsar este instrumento como estrategia de intervención en matera de migración y desarrollo.
2.2. Áreas geográficas.—Además de en el municipio deMadrid, contexto de recepción del flujo migratorio, los Proyectos de Codesarrollo objeto de la convocatoria se localizarán en uno de los países de mayor emigración internacional a Madrid.
Se considerarán prioritarios países con mayoritaria procedencia de la población extranjera empadronada en la capital: Ecuador, Bolivia, Perú, Colombia y Marruecos. En esos países, las áreas preferentes de trabajo del proyecto deberán ser, a su vez, aquellas regiones, departamentos, prefecturas, provincias, comarcas, municipios, localidades o comunidades de mayor procedencia de migrantes a Madrid y especialmente aquellas comunidades de origen de los migrantes participantes en el proyecto.
También se considerarán áreas preferentes de trabajo aquellas zonas de procedencia, cuya concentración de población en Madrid sea muy elevada, aunque su país no esté incluido en la categoría de prioritario y aquellas en las que concurran circunstancias especiales.
Áreas de actuación.—Las áreas de actuación prioritarias son las cuatro siguientes, pudiendo existir una interrelación entre ellas que lleven a la formulación de proyectos integrales:
Proyectos de promoción del capital humano y social con el fin de potenciar el fortalecimiento y el liderazgo asociativo, la constitución de redes asociativas y la vinculación transnacional/ translocal entre el tejido asociativo de los inmigrantes y el de sus comunidades de origen, siempre desde una perspectiva de codesarrollo. La dimensión transnacional/translocal de los migrantes lleva a reconocerlos como agentes fundamentales de las acciones de codesarrollo, como nexo entre las sociedades de origen y las de destino. Se pretende la apropiación por parte de los migrantes, y sus asociaciones, de los procesos de desarrollo en origen y destino, su promoción como agentes de codesarrollo, como emprendedores involucrados en el desarrollo local en origen y destino. Se quiere promover la vinculación y contribución de las diásporas y asociaciones de inmigrantes al desarrollo de sus países de origen, mediante acciones de codesarrollo.
Proyectos productivos y de capacitación laboral, especialmente lo relativo al impulso de actividades comunitarias de producción, comercialización, distribución y consumo de bienes, en las cuales participen personas, grupos y entidades radicadas en las comunidades de origen de los migrantes; y personas, grupos y entidades de migrantes residentes en la ciudad de Madrid, aprovechando para ello los vínculos familiares, económicos y sociales entre origen y destino, y que su pongan mejores oportunidades y un mayor arraigo para los familiares de migrantes y potenciales migrantes en las zonas de emigración. Estos proyectos deberán impulsar o en su caso integrarse en planes y programas concretos de desarrollo local y de políticas públicas en las comunidades de origen de los colectivos de inmigrantes. En cuanto a la capacitación laboral, podrá tener como objetivo la potenciación de los proyectos productivos mencionados y la integración laboral en otros nichos de empleo, tanto en origen como en destino.
Proyectos de mejora de las dinámicas migratorias (emigración responsable/retorno voluntario y reasentamiento), desde la lógica del ciclo migratorio: proyectos integrales que contemplen desde información, orientación y asesoramiento, para apoyar una migración responsable (llevándose a cabo con y para las personas residentes en zonas prioritarias y preferentes de emigración hacia Madrid, y que incluyan prevención de las violaciones de derechos humanos de los migrantes, orientación psicosocial, jurídico-administrativa y sociolaboral), hasta el eventual retorno. Iniciativas encaminadas a posibilitar el retorno voluntario, y sostenible, de los migrantes residentes en el municipio de Madrid a sus comunidades de origen, mediante actividades de orientación y formación ocupacional y empresarial, como paso previo al retorno. Se prestará especial atención al apoyo de la experiencia de reasentamiento.
Los proyectos enmarcados en esta área de actuación deberán demostrar que responden a necesidades no cubiertas por ninguna otra entidad en la zona de implementación del proyecto o que se articula y es complementario con iniciativas ya en el terreno. Más allá de las funciones descritas, estos proyectos deberán incorporar una perspectiva transnacional/translocal.
Canalización social y productiva de las remesas hacia la inversión, tanto en lo referente a su reorientación hacia la cobertura de necesidades como la sanidad y la educación, como en lo relativo a proyectos económicos en los cuales las remesas de los migrantes sean uno de los recursos, junto a otros como microfinanzas, para promover el desarrollo local. Fortalecimiento de entidades microfinancieras locales en origen, ubicadas en comunidades rurales y sectores urbanos populares, para apoyo al diseño de productos financieros específicos destinados a proyectos productivos, de vivienda, etcétera, vinculados a la recepción de remesas y promoviendo su uso productivo. Proyectos de remesas que incorporen la participación del migrante empresario, como parte de la inversión económica a realizar.
Requisitos:
Las entidades que soliciten subvenciones con cargo a la presente convocatoria deberán cumplir a la finalización del plazo de presentación de las mismas los siguientes requisitos:a) Tener personalidad jurídica y capacidad de obrar y estar debidamente inscritas en el Registro de Asociaciones, Fundaciones o cualquier otro de carácter público, como mínimo tres años antes de la publicación de la presente convocatoria, salvo que hayan resultado beneficiarias de estas subvenciones en convocatorias anteriores.
b) No perseguir fines de lucro.
c) Disponer de sede abierta o delegación permanente en el municipio de Madrid, dotada de personal permanente de la entidad, ya sea contratado o voluntario, en la que se desarrolle de forma habitual la actividad de gestión de proyectos, debiendo acreditar ambos extremos documentalmente.
d) Disponer de estructura suficiente para garantizar el cumplimiento de sus fines sociales, según la Memoria de la entidad, y poder acreditar la experiencia y la capacidad operativa que resulten necesarias para el logro de los objetivos propuestos en el proyecto.
e) Estar al día en las cotizaciones a la Seguridad Social y en las obligaciones tributarias, de carácter estatal y local, según lo dispuesto en la legislación vigente.
f) Los determinados en el artículo 13 de la LGS.
Estos requisitos deberán mantenerse durante todo el proceso administrativo, dando cuenta documental de las modificaciones que pudieran surgir a lo largo de él, debiendo acreditarse documentalmente, de acuerdo a lo solicitado en el artículo 5.2 de esta convocatoria.
Podrán acceder a la condición de beneficiario las agrupaciones de entidades sin ánimo de lucro que puedan llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos o se encuentren en la situación que motiva la concesión de la subvención.
En tal caso, todas las entidades participantes deberán cumplir los requisitos establecidos para las entidades individuales solicitantes.
No podrá disolverse la agrupación hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción de cuatro años previsto en los artículos 39 y 65 de la LGS.
Documentos asociados
Boletín:
24/04/2009
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 96
Documento: Convocatoria 2009 Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 96
Documento: Convocatoria 2009 Descargar Documento