Subvenciones para Espacios Culturales.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S04719/13

Norma:

Orden ECD/13/2013, de 18 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 16/03/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y aprobar la convocatoria de subvenciones para espacios culturales de titularidad y gestión privada dedicados a las artes escénicas, a la proyección cinematográfica y a la exposición de artes plásticas, cuya actividad se dirija fundamentalmente al desarrollo de propuestas artísticas innovadoras y de nuevos lenguajes fuera del circuito comercial.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Educación, Cultura y Deporte. (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) La subvención concedida no superará el 90% del coste de la actividad subvencionada, ni la cuantía de:.

1. En el caso de los espacios dedicados a las artes escénicas y/o a la proyección cinematográfica, 25.000 euros.

2. En el caso de los espacios destinados a la exposición de artes plásticas, 6.000 euros.

b) La cuantía de la subvención será proporcional a la puntuación obtenida.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas (ya sean empresarios individuales o personas jurídicas con forma societaria) que gestionen espacios culturales de titularidad privada dedicados a las artes escénicas, a la proyección cinematográfica y a la exposición de artes plásticas, que estén dadas de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (I.A.E.) en el sector de actividad relacionado con las que son objeto de subvención en esta convocatoria y que tengan su domicilio fiscal en Cantabria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los derivados del funcionamiento de los espacios culturales (gastos generales, personal, servicios de asesoramiento externo, vigilancia, limpieza y mantenimiento de las instalaciones, y otros de similar naturaleza), quedando excluidos los gastos derivados del desarrollo de proyectos artísticos concretos.

Requisitos:

En concreto, en el caso de las salas de exposición de artes plásticas, los solicitantes deberán
estar dados de alta en el epígrafe 615 del Impuesto de Actividades Económicas, subepígrafe
Galerías de arte.

En ningún caso podrán adquirir la condición de beneficiarios:

a) Quienes se hallaren en alguna de las circunstancias del artículo 12, apartados 2 y 3, de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio.

b) Quienes sean beneficiarios de una subvención nominativa para la misma actividad en la Ley de Cantabria 9/2012, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2013.

Documentos asociados

Boletín: 27/02/2013
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 40
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento