Subvenciones para ATRIAs.
Código de ayuda:
S15555/06Norma:
RESOLUCIÓN de 2 de mayo de 2006.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 31/07/2006Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular la convocatoria pública para la concesión de ayudas para fomentar la lucha integrada contra las plagas y enfermedades y la lucha en común, mediante la constitución de agrupaciones de agricultores para tratamientos integrados en la agricultura (ATRIAs).Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Medio Rural y Pesca (Principado de Asturias)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Se determinará de conformidad a lo establecido en la mencionada Orden de 17 de noviembre de 1989.Las cuantías máximas de las ayudas son las determinadas en la Orden de 22 de abril de 1993, del Ministerio de Agricultura, Pesca, y Alimentación, que se indican en el anexo II de esta resolución.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Aquellas agrupaciones que reúnan los requisitos señalados en la Orden Ministerial del MAPA de 17 de noviembre de 1989, que regula normas para su concesión, en su artículo 6, el cual establece que deberán:a) Estar constituidas libremente por agricultores cuyos predios integren una superficie mínima que garantice la máxima eficacia de las técnicas de lucha a aplicar, y que resulte económico el empleo de la mano de obra cualificada necesaria.
Dicha superficie se especificará en los correspondientes programas y proyectos de actuación.
b) El número mínimo de agricultores será de diez.
c) Los agricultores suscribirán los compromisos de constituirse en una ATRIA y de acatar las condiciones que figuren en un reglamento de régimen interno, en el que se expresen la aceptación de los requisitos técnicos que se establezcan para cada cultivo o grupo de cultivos asociados.
Asimismo, se indicarán las superficies de cultivo aportadas por cada uno de sus miembros y la Junta que regirá dicha ATRIA, formada por un Presidente, un Secretario y un Tesorero.
d) La forma jurídica adoptada para la constitución de la ATRIA ha de disponer de capacidad de contratación.
e) El compromiso de suscribir un contrato laboral con el Técnico que dirigirá la lucha contra las plagas en los cultivos agrupados en la ATRIA.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Gastos originados en la contratación laboral de personal técnico para llevar a cabo programas de control integrado (ATRIAS).b) Gastos de aplicación, cuando consistan en la puesta a punto de nuevas técnicas o en la adquisición de productos, y/o de medios que mejoren los métodos aplicados en la lucha integrada.
Estas ayudas son incompatibles con cualesquiera otras que pudieran obtenerse para las mismas finalidades.
Documentos asociados
Boletín:
24/05/2006
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 118
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 118
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento