Subvenciones municipales del Ayuntamiento de Velilla de San Antonio.
Código de ayuda:
S42537/06Norma:
VELILLA DE SAN ANTONIOPlazo de Solicitud:
Fecha Fin: Sin determinarFinalidad u objetivo de la ayuda:
El presupuesto económico del Ayuntamiento incluirá una o más partidas económicas destinadas a subvencionar las asociaciones de carácter municipal que lo soliciten, tanto por lo que se refiere a sus gastos generales como a las actividades que realicen.Para fijar el volumen de dicha consignación se tendrá en cuenta tanto el número de asociaciones como la naturaleza y el interés de los proyectos presentados. Para colaborar al funcionamiento general de las asociaciones locales una parte de dicha consignación presupuestaria será distribuida entre todas las entidades asociativas, valorando el interés social, cultural y público.
La presente ordenanza tiene por objeto la regulación del régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Velilla de San Antonio, definidas conforme al artículo 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Régimen jurídico de las subvenciones: La presente ordenanza se basa en la normativa de régimen local, contenida fundamentalmente en las Leyes 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales; Real Decreto 2568/1986,
de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, ajustándose igualmente a la normativa autonómica que, en cada caso, resulte de aplicación y a las bases de ejecución del presupuesto municipal.
La presente ordenanza será completada por las convocatorias de subvenciones en todos aquellos aspectos que de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, le corresponden.
Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Corporaciones Locales
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ayuntamiento de Velilla de San Antonio (Comunidad de Madrid)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La convocatoria de la subvención podrá exigir un importe de financiación propia para cubrir la actividad subvencionada. La aportación de fondos propios al proyecto o acción subvencionada habrá de ser acreditada en los términos previstos en el artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Autónomos
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Los miembros asociados de las personas jurídicas beneficiarias de las subvenciones que se comprometan personalmente a la realización de las actividades que fundamenten la concesión de la subvención.Podrán acceder a la condición de beneficiario las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos o se encuentren en la situación que motiva la concesión de la subvención.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Subvencionar las asociaciones de carácter municipal que lo soliciten, tanto por lo que se refiere a sus gastos generales como a las actividades que realicen.Requisitos:
Previamente al establecimiento de cualquier subvención por parte de este Ayuntamiento se deberá elaborar y aprobar un plan estratégico en el que se fijen los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación,supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.
El mencionado plan será aprobado por la Alcaldía-Presidencia a propuesta del concejal-delegado del área y previa consulta con las asociaciones y entidades ciudadanas inscritas en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Velilla de San Antonio.
El Plan Estratégico formará parte de los presupuestos generales del Ayuntamiento.
Documentos asociados
Boletín:
07/11/2006
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 265
Documento: Ordenanza Reguladora Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 265
Documento: Ordenanza Reguladora Descargar Documento