Subvenciones mediante convenios trienales de colaboración con compañías y empresas de producción teatral y de circo y empresas gestoras de salas de teatro con producción propia, Convocatoria 2009.

Código de ayuda:

S22555/08

Norma:

RESOLUCION CMC/1250/2008, de 8 de abril. RESOLUCION CMC/911/2008, de 20 de marzo. RESOLUCION CMC/375/2009, de 5 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 23/03/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se convoca concurso público para la concesión de subvenciones mediante convenios trienales de colaboración con compañías y empresas de producción teatral y de circo, y empresas gestoras de salas de teatro con producción propia.

Las subvenciones que prevé esta convocatoria se rigen por las bases reguladoras contenidas en el anexo de la Resolución CMC/911/2008, de 20 de marzo (DOGC núm. 5102, de 2.4.2008), y por la normativa general de subvenciones.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Cultura y Medios de Comunicación (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las subvenciones se conceden en función de las disponibilidades presupuestarias y teniendo en cuenta la puntuación obtenida de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en la base 8, así como otras ayudas recibidas para el mismo concepto, si es el caso.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Para la modalidad a):
Pueden optar a las subvenciones las compañías profesionales de teatro o de circo, constituidas como empresas domiciliadas en Cataluña o en un estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo con establecimiento permanente en Cataluña, que acrediten una trayectoria artística consolidada y que hayan mantenido continuadamente su actividad, como mínimo durante los tres años anteriores al de la publicación de la convocatoria.

Para la modalidad b):
Pueden optar a las subvenciones las empresas de producción teatral y de circo, domiciliadas en Cataluña o en un estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo con establecimiento permanente en Cataluña, que hayan mantenido continuadamente su actividad, como mínimo durante los tres años anteriores al de la publicación de la convocatoria.

Para la modalidad c):
Pueden optar a las subvenciones las empresas domiciliadas en Cataluña o en un estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, con establecimiento permanente en Cataluña, que gestionen la programación de una sala de teatro, o de más de una si están ubicadas en el mismo edificio, con producción propia, que hayan mantenido continuadamente su actividad profesional, como mínimo durante los tres años anteriores al de la publicación de la convocatoria.

No pueden optar a las subvenciones las entidades sin ánimo de lucro.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El objeto de esta línea de subvenciones es apoyar las actividades de producción teatral y de circo de carácter profesional mediante convenios trienales de colaboración en las siguientes modalidades:

a) Convenios trienales de colaboración con compañías de teatro y de circo.
b) Convenios trienales de colaboración con empresas de producción teatral y de circo.
c) Convenios trienales de colaboración con empresas gestoras de salas de teatro con producción propia.

Estas subvenciones están destinadas a apoyar el mantenimiento de las actividades de las compañías y las empresas de producción teatral y de circo y de las empresas gestoras de sala con producción propia.

Las subvenciones que se conceden de acuerdo con estas bases no son compatibles con las subvenciones del Instituto Catalán de las Industrias Culturales a producciones de teatro y de circo para un montaje en concreto, ni con otras ayudas por el mismo concepto de este Instituto y del Departamento de Cultura y Medios de Comunicación de la Generalidad de Cataluña y organismos dependientes.

Las subvenciones que se conceden de acuerdo con estas bases son compatibles con otras subvenciones por igual concepto del resto de la Generalidad de Cataluña y organismos dependientes, así como de otras administraciones públicas y entidades públicas o privadas, sin perjuicio de lo que prevé la base 15.

Requisitos:

Consultar Base 3.

Documentos asociados

Boletín: 02/04/2008
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5102
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 28/04/2008
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5120
Documento: Convocatoria 2008 Descargar Documento
Boletín: 23/02/2009
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5324
Documento: Convocatoria 2009 Descargar Documento