Subvenciones individuales para personas mayores residentes en formentera para el año 2010.

Código de ayuda:

S41791/10

Norma:

Consell Insular de Formentera. 21 de mayo de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/09/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudas individuales para personas mayores de 65 años residentes en Formentera.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Formentera (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El Consejo Insular subvencionará el 65% del coste únicamente de los conceptos que a continuación se relacionan, siempre que haya crédito, y con un máximo de:

- Adquisición de silla de ruedas 729 euros
- Adquisición de silla de ruedas eléctrica 2.652 euros
- Rehabilitación 135 euros/ mes
- Adaptación de vehículo 2.652 euros
- Adaptación de silla de ruedas 1.106 euros
- Adaptación funcional del hogar 2.652 euros

Ayudas técnicas:
A) Por transferencias
- Grúa estánda 1.478 euros
- Trapecio 91 euros
- Mesa de transferencias 58 euros
- Disco giratorio 64 euros
- Arnés para grúa 159 euros
- Disco giratorio con espaldarazo de tronco 319 euros
- Grúa de bipedestación 1.701 euros
- Grúa de techo 2.338 euros

B) Para el dormitorio (para facilitar el descanso)
- Cama hospitalaria y/o adaptado/articulado 1000 euros
- Carro elevador de cama 531 euros
- Barandillas de cama 167 euros
- Colchón lateralitzador 2.553 euros
- Respaldo de cama ajustable 43 euros
- Colchón antiescaras 202 euros

C) Para facilitar la accesibilidad
- Silla para subir y bajar escaleras 192 euros
- Rampas manuales portátiles 319 euros
- Aparato subeescales portátil 2.652 euros
- Automatización de puertas 766 euros

D) Para facilitar el posicionamiento y/o la movilidad
- Respaldo para tetraplégicos o con problemas de posición 531 euros
- Silla de interior de posicionamiento 638 euros
- Falca de posicionamiento 319 euros
- Silla vertical 2.553 euros
- Cojín para levantarse 159 euros
- Silla ligera 703 euros

E) Para facilitar la higiene personal y actividades de la vida diaria.
- Madera de bañera 43 euros
- Sentando giratorio de bañera 192 euros
- Sentando elevador de bañera 957 euros
- Vallas de pared 96 euros
- Silla/ducha-wáter 415 euros
- Sentando abatible de ducha 159 euros
- Alzaváter (alza WC) 64 euros
- Barra abatible 115 euros
- Alzaváter con reposabrazos 159 euros
- Plataforma abatible de ducha 680 euros
- Hamaca bañera (niños) 636 euros
- Reductor asiento con sujeciones (niños) 159 euros
- WC- Bidet 447 euros
- Sistema de bañera a la cama 511 euros
- Respaldo de WC con apoyos laterales de tronco 382 euros
- Aparato para comer 2.445 euros
- Silla duchaváter basculante con accesorios 638 euros
- Pasamanos 64 euros
- Poleas 192 euros
- Paralelas 255 euros
- Protector de ningún 192 euros

F) Otras ayudas:
- Gafas o lentes de contacto 202 euros
- Audifonos 753 euros c/uno
- Obturaciones dentales 75 euros
- Prótesis dentales 499 euros
- Órtesis 651 euros

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Personas mayores residentes en Formentera que tengan 65 años o más en el momento de presentar la sololicitud.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Ayudas técnicas:

A) Por transferencias.
B) Para el dormitorio (para facilitar el descanso).
C) Para facilitar la accesibilidad.
D) Para facilitar el posicionamiento y/o la movilidad.
E) Para facilitar la higiene personal y actividades de la vida diaria.
F) Otras ayudas.

Requisitos:

Para poder acceder a estas ayudas se tendrá que acreditar una renta por cápita de la unidad económica de convivencia inferior a 880 euros mensuales, con excepciones. A efectos de esta convocatoria se entiende por unidad económica de convivencia el grupo familiar que habite la vivienda cuando entre los componentes del grupo haya un vínculo de matrimonio u otra relación estable análoga, un vínculo por consanguinidad, adopción o afinidad hasta el primer grado.

El grado de parentesco se contará a partir de la persona beneficiaria de la prestación.

Documentos asociados

Boletín: 29/06/2010
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 97
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2010. Descargar Documento